Días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos

Año 2024

Sábados y domingos de todo el año

  • 1 de enero (lunes) - Año Nuevo
  • 6 de enero (sábado) – Epifanía del Señor
  • 02 de febrero (viernes)- Festividad de la Virgen de la Candelaria
  • 13 de febrero (martes) – Martes de Carnaval
  • 28 de marzo (jueves) - Jueves Santo
  • 29 de marzo (viernes) - Viernes Santo
  • 1 de mayo (miércoles) - Día del Trabajo
  • 3 de mayo (viernes) – Día de la Cruz (fiesta fundacional)
  • 30 de mayo (jueves) - Día de Canarias
  • 15 de agosto (jueves) - Asunción de la Virgen
  • 12 de octubre (sábado) - Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre (viernes) - Día de Todos los Santos
  • 6 de diciembre (viernes) - Día de la Constitución Española
  • 25 de diciembre (miércoles) – Natividad del Señor

Normativa:

  • El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (TRLET), establece, en su párrafo primero, un máximo de catorce fiestas laborales al año, con carácter retribuido y no recuperable, de las cuales dos serán locales, debiendo respetarse, en todo caso, como fiestas de ámbito nacional las de Año Nuevo (1 de enero), Fiesta del Trabajo (1 de mayo), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España) y Natividad del Señor (25 de diciembre).
  • Anuncio de 17 de marzo de 2023, por el que se somete a información pública el proyecto de Decreto que determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2024, y se abre plazo para fijar las fiestas locales. BOC Nº 063, jueves 30 de marzo de 2023.
  • Decreto 363/2023, de 11 de septiembre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2024, y se abre plazo para fijar las fiestas locales. BOC nº 184, lunes 18 de septiembre de 2023.
  • Certificado Acuerdo Plenario 31 de marzo de 2023  por el que se señalan las fiestas locales del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para el año 2024.
  • Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2024. BOE 257/2023 de 27 de octubre de 2023

Año 2025

Sábados y domingos de todo el año

  • 1 de enero (miércoles) - Año Nuevo
  • 6 de enero (lunes) - Epifanía del Señor
  • 3 de febrero (lunes) - Festividad de la Virgen de la Candelaria
  • 4 de marzo (martes) - Martes de Carnaval
  • 17 de abril (jueves) - Jueves Santo
  • 18 de abril (viernes) - Viernes Santo
  • 1 de mayo (jueves) - Fiesta del Trabajo
  • 2 de mayo (viernes) - Día de La Cruz (fiesta fundacional)
  • 30 de mayo (viernes) - Día de Canarias
  • 15 de agosto (viernes) - Asunción de la Virgen
  • 1 de noviembre (sábado) - Todos los Santos
  • 6 de diciembre (sábado) - Día de la Constitución Española
  • 8 de diciembre (lunes) - Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre (jueves) - Natividad del Señor

Normativa:

  • El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (TRLET), establece, en su párrafo primero, un máximo de catorce fiestas laborales al año, con carácter retribuido y no recuperable, de las cuales dos serán locales, debiendo respetarse, en todo caso, como fiestas de ámbito nacional las de Año Nuevo (1 de enero), Fiesta del Trabajo (1 de mayo), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España) y Natividad del Señor (25 de diciembre).
  • Anuncio de 2 de mayo de 2024, por el que se somete a información pública el proyecto de Decreto que determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC nº 95, de 15 de mayo de 2024).
  • Certificado Acuerdo Plenario de 26 de julio de 2024, por el que se señalan las fiestas locales del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para el año 2025.
  • Decreto 143/2024, de 16 de septiembre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC nº 187, de 23 de septiembre de 2024).
  • Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025.  (BOE nº 252, de 28 de octubre de 2024)