Subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales municipales 2022

Denominación
Subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales municipales 2022
Descripción

Fomentar y promover proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales en materia de atención social, según las prioridades incluidas en los correspondientes Planes municipales de servicios sociales. Los proyectos deberán desarrollarse en el ámbito territorial del municipio de Santa Cruz de Tenerife o tener como beneficiarios a personas que residan en el mismo y se encuentren en una situación de vulnerabilidad, exclusión social o riesgo de padecerla

Destinatarios

Los destinatarios de las subvenciones, serán las entidades, instituciones y organizaciones sin ánimo de lucro del ámbito de los servicios sociales municipales, entendiéndose como tales aquellas que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras en la prestación de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias y reúnan los requisitos exigidos en la Base 6.

Base de Datos Nacional de Subvenciones: convocatoria nº 631774

Medios de Presentación

Telemático

Plazo de Presentación

Del 13 de junio al 8 de julio de 2022

Documentación

PARA SOLICITAR:

a) Solicitud conforme al modelo oficial (Anexo I), suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad (una por proyecto), haciendo constar: - Que la entidad y el proyecto para el que solicita subvención cumplen con todos los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la convocatoria. - Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por esta Corporación. - Que se compromete a aportar la diferencia entre el coste total del proyecto y la subvención solicitada, bien por sus propios medios o bien por financiación de terceros. - Que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

b) Documento Nacional de Identidad del representante u otra documentación acreditativa de su personalidad.

c) Documentación acreditativa de poder actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.

d) Memoria de la entidad explicativa de las actividades que desarrolla, en modelo oficial (Anexo II).

e) Copia simple de los estatutos o documento constitutivo equivalente debidamente legalizado.

f) Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.

g) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de entidades colaboradoras en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

h) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas o, en su caso, en el Registro Municipal Complementario de otras Entidades Ciudadanas, regulados en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

i) Alta a terceros para procedimientos de pago en el IMAS o, en su caso, Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, correspondiente a la cuenta bancaria de la entidad, debidamente diligenciada.

j) Certificados en vigor expedidos por los órganos competentes acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de exención, se ha de presentar el correspondiente certificado. Los certificados indicados en el presente apartado podrán ser aportados de oficio por este Ayuntamiento de existir convenio con las Administraciones competentes, que permitan emitir las correspondientes certificaciones previo consentimiento del interesado.

k) Documento acreditativo de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento, que previo consentimiento del interesado será aportada de oficio por el IMAS y/o Ayuntamiento.

l) Memoria del Proyecto objeto de subvención en modelo oficial (Anexo III).

m) Presupuesto y Plan de Financiación del Proyecto, en modelo oficial (Anexo IV). Las entidades solicitantes quedarán exceptuadas de presentar los documentos exigidos en los apartados b), c), e), f), g), h) e i), cuando aquellos ya obren en poder del Ayuntamiento y/o IMAS, por haber sido presentados en convocatorias de subvención de cooperación social de ejercicios anteriores y no hayan sufrido modificaciones. Este último extremo deberá hacerse constar en el momento de presentar la solicitud indicando la fecha y órgano o dependencia en la que se hayan presentado, y siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento se requerirá al solicitante su presentación. Se podrá admitir la sustitución de la presentación de los documentos exigidos en los apartados j) y k), por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se requerirá la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a quince (15) días, o bien, previo consentimiento del interesado y de existir convenio con las Administraciones competentes, será aportado de oficio por esta Administración, en los términos señalados en dichos apartados.

PARA JUSTIFICAR: Cuenta justificativa integrada por los siguientes documentos:

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, los resultados obtenidos y medidas de difusión y publicidad efectuadas, todo ello según modelo Anexo V. En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y proyecto presentados y una evaluación de los resultados obtenidos respecto a los previstos.

b) Una memoria económica en la que se refleje con claridad y suficiente nivel de detalle los ingresos obtenidos y gastos de ejecución llevados a cabo, con inclusión de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. El documento, según modelo normalizado Anexo VI, deberá estar suscrito por quien ostente la representación legal de la entidad o esté facultado para ello. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.

c) Relaciones clasificadas de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. Por un lado se relacionarán los gastos corrientes, según modelo normalizado Anexo VII, y por otro los gastos de personal vinculados a la actividad, conforme al detalle reseñado en el modelo Anexo VIII. Los gastos de gestión, administración, personal administrativo y otros indirectos a los que se refiere la base 2 en sus apartados 3 y 4, se relacionarán conforme al modelo Anexo IX.

d) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en los párrafos anteriores y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.

e) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

f) En el caso de que algún justificante supere el importe establecido en la legislación de contratos para el contrato menor, deberá aportar los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber solicitado el beneficiario.

g) En su caso, la carta de pago de la devolución voluntaria en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos, calculados conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones.

IMPRESOS

  1. Anexo I _Solicitud  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  2. Anexo II_Memoria de la entidad  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  3. Anexo III_Proyecto  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  4. Anexo IV_Presupuesto y plan de financiación  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  5. Anexo V_Memoria justificativa del proyecto  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  6. Anexo VI_Memoria económica  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  7. Anexo VII_Gastos corrientes  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  8. Anexo VIII_Gastos de personal  [descargar.pdf]  [descargar.word]
  9. Anexo IX_Gastos indirectos  [descargar.pdf]  [descargar.word]

 

 

Tasas

No procede

Información

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Servicio de Atención Social (Programa de Cooperación Social)
922 606 769
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas

Órgano de Resolución
  • Consejo Rector del Instituto Municipal de Atención Social (IMAS)
  • Presidencia del IMAS, por delegación del Consejo Rector.
Plazo de Resolución

Seis meses

Efectos del Silencio

Desestimatorio

Normativa
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 4. Tramitación electrónica
Observaciones

Los proyectos a subvencionar vendrán necesariamente referidos a los siguientes ámbitos:

a) Personas en riesgo de exclusión social

b) Mayores

c) Discapacidad

d) Infancia y familia

e) Drogodependencia y otras adicciones

f) Inmigración y convivencia intercultural Las respectivas convocatorias podrán dirigir las subvenciones a alguno o algunos de dichos ámbitos, así como desagregarlos en una o varias líneas, objetivos y/o actuaciones.

Tema
Atención social
Tipo
Subvenciones atención social