Autorización de ocupación de dominio público local y asignación de parcela por puestos de comida y bebida de la feria de las Fiestas del Carnaval 2024
Licencia de ocupación de vía pública, asignación de parcelas y autorización de actividades recreativas, en su caso, de las instalaciones temporales de puestos de feria en el término municipal de Santa Cruz, a ubicar en el aparcamiento del antiguo intercambiador y aparcamiento anexos al mismo y parte baja de la avenida constitución Avenida Francisco La Roche, según parcelas previstas en la Ordenanza Fiscal con motivo del Carnaval.
Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades
Propietarios de puestos dados de alta en el epígrafe correspondiente a la actividad a desarrollar.
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Plazo de participación: hasta el 07 de diciembre 2023
Plazo aportación de documentación técnica y administrativa: Del 01 al 18 de febrero de 2024
DOCUMENTACIÓN INICIAL. Plazo presentación: hasta el 07 de diciembre de 2023
- Impreso solicitud
- Documento acreditativo de la representación que ostenta (cuando proceda)
- Documento acreditativo de la titularidad de propiedad del puesto
- Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra el objeto de la actuación, indicado periodo y cuantías aseguradas, que cubra posibles daños tanto a personas como a cosas, con las cuantías mínimas establecidas en el artículo 60.2 del Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, según aforo previsto. Y en todo caso, con capital mínimo de 301.000,00 euros para atracciones infantiles y de 601.000,00 euros para atracciones adultas, y de hasta 150.300,00 €, para resto de negocios en instalaciones desmontables con ocasión de la feria
- Alta de la actividad en el Impuesto de Actividades Económicas
- Declaración responsable dando cumplimiento de requisitos higiénicos sanitarios para venta no sedentaria de productos de alimentación emitida por el Servicio de Sostenibilidad Ambiental. ANEXO
- Indicar la publicidad que se expondrá en el puesto, (acuerdos comerciales) además de la marca propia. Detallando marca y soportes publicitarios con medidas. El organismo se reserva el derecho de no autorizar mensajes publicitarios que atenten a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General de Publicidad y a los contratos publicitarios concertados por este organismo.
- Recibo de estar al corriente del pago de la póliza de responsabilidad civil.
- Proyecto Técnico de la Atracción, incluirá descripción de la atracción y cálculos realizados para la garantía de la estabilidad de la misma, al igual que potencia eléctrica, medidas de seguridad, etc., incluyendo fotografías de la misma, datos del fabricante (homologaciones, etc.), según Decreto 86/2013.
- Proyecto Técnico de la fabricación de la atracción. (si se dispone)
- Para potencias menores de 10 kW se realizará una memoria técnica de diseño para la atracción, acometida y grupo, según RD 842/2002 REBT. ITC-BT-04.4.
- Para potencias mayores de 10 kW, proyecto técnico de la acometida para cada atracción en el que se deberá incluir o realizar aparte la acometida y haciendo referencia al grupo al que se conectan, deberá estar con el visado estatutario por el correspondiente colegio oficial y con visado de calidad, obligado según RD del Gobierno de Canarias 141/2009. Nota: Los proyectos deberán recoger todas las características de la instalación en cuanto a seguridad industrial, instalaciones contra incendio, fontanería y saneamiento, estructuras de la atracción, cumplimiento en todos los aspectos que les afecten del D 86/2013.
- Proyecto técnico de instalaciones (para potencias mayores de 50 kW) o memoria técnica (potencia menor de 50 kW) según corresponda, y en base a lo incluido en el RD 842/2002 REBT. ITC-BT-04. 3.1. Redactado y firmado por técnico titulado competente, deberá estar con el visado estatutario por el correspondiente colegio oficial y con visado de calidad, obligado según RD del Gobierno de Canarias 141/2009.
- Certificación técnica medioambiental de eventos y espectáculos (tipo 2 y tipo 3) ANEXO
PARTICIPACIÓN SORTEO DE PARCELAS LIBRES. Plazo presentación: hasta el 07 de diciembre de 2023
Los puestos que queden libres de adjudicación, serán sorteados entre los licitadores que no hayan obtenido puesto para la Feria del Carnaval 2024. La solicitud se deberá presentar a través del registro electrónico de la OAFAR (https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/tramite/t608).
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA FINAL. Plazo presentación: Del 01 hasta el 18 de febrero de 2024
- Certificado Técnico de seguridad y solidez, según RD 86/2013
- Certificado Técnico de mantenimiento anual y funcionamiento, según RD 2815/1982
- Certificado Técnico de Mantenimiento de revisión anual, certificado por el técnico competente y visado por el colegio oficial.
- Certificados finales de obra de Baja Tensión de los Grupos Electrógenos (en caso de redacción de Proyecto Técnico para Grupo Electrógeno con potencias mayores a 10 kW).
- Certificados finales de obra de instalaciones de baja tensión de los grupos electrógenos, acometidas, atracción y sonido, en el caso de redacción de Proyecto Técnico.
- Para potencia para mayores de 100 KVA, Contrato de Mantenimiento de los Grupos Electrógenos, según D 141/2009 por el que se regula la autorización, conexión y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Certificado de homologación de los grupos electrógenos (si se dispone).
- Contrato de suministro y/o mantenimiento de extintores instalados en cada una de las atracciones.
- Certificado de verificación, recarga y prueba a presión de los extintores emitidos por empresa instaladora.
- Declaración responsable tiene contrato concertado para el servicio de recogida de aceites (cuando proceda).
- Acreditación de disponer de material sanitario (botiquín de primeros auxilios).
- Declaraciones de conformidad de los equipos a presión, según RD 769/1999.
- Inspección periódica según categoría del equipo a presión y nivel de inspección, según RD 2060/2008.
DOCUMENTACIÓN FINALIZACIÓN ACTIVIDAD. Plazo presentación: 3 días hábiles tras la finalización del Carnaval.
Esta documentación deberá ser aportada a través del Registro Electrónico de la OAFAR (https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/procedimientos-y-servicios/t608)
- Informe técnico y análisis de emisión de ruidos suscrito por la dirección facultativa.
- Registros del limitador acústico.
Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público en los actos realizados por el Organismo Autónomo de Fiestas y actividades recreativas
Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas
922 609 600
De lunes a viernes de 9.00 a 13.30 horas
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Presidencia del Organismo Autónomo de Fiestas y actividades recreativas - OAFAR
Negativo
- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, (RBEL), aprobado por Real Decreto 1372/1956, de 13 de junio.( Artículos 1.2 y 75.2º)
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP). (Artículos 84 a 86)
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. (Artículo 14.1).
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP) (Artículo 9).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (LPACAP)
- Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público en los actos realizados por el Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Normas generales de participación para la concesión de utilización o aprovechamiento especial del dominio público local y asignación de parcelas, mediante la instalación de atracciones y puestos de feria, con motivo del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife
Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas