Subvención para adaptación del taxi para la prestación de servicio a personas con movilidad reducida 2023

Denominación
Subvención para adaptación del taxi para la prestación de servicio a personas con movilidad reducida 2023
Descripción

Esta línea de subvención pretende compensar a los beneficiarios por los gastos en que hayan incurrido para adaptar sus vehículos, conforme a los requisitos técnicos previstos en la legislación vigente y en la Ordenanza municipal. Resaltando que existe un importante factor que desincentiva a los titulares de licencia a la prestación del servicio que se pretende impulsar: el coste de la adaptación del vehículo. Se estima que los trabajos de adaptación a los que se deben someter a los vehículos para garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas recogidas en el artículo 19 de la Ordenanza municipal, tienen un coste de 10.000 €. Esta línea de subvención pretende contribuir a sufragar los costes derivados de los referidos trabajos de adaptación.

Destinatarios

Profesionales del taxi que prestan el servicio con taxis adaptados en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife

Requisitos

Los establecidos en las Bases reguladoras que han de regir el procedimiento de otorgamiento de la subvención

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

Desde el día 11 de marzo de 2023 hasta el 11 de abril de 2023, ambos inclusive

Documentación
  • Anexo I. Solicitud subvención
  • Anexo II. Declaración responsable de no estar incurso en las causas de exclusión previstas en la Base 2 así como cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En la Convocatoria correspondiente se podrá adjuntar modelo normalizado de esta declaración responsable
  • Copia del permiso de circulación del vehículo que se pretende adaptar
Órgano de Resolución

Junta de Gobierno Local de Santa Cruz de Tenerife

Plazo de Resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, computados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud, sin perjuicio de la obligación de resolver conforme al artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución que se adopte pondrá fin a la vía administrativa.

Efectos del Silencio

Negativo

Normativa
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS)
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RLGS)
  • Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 146, de 5 de septiembre de 2005, modificada parcialmente por acuerdo del Pleno de fecha 25 de febrero de 2011 (publicación de aprobación definitiva en BOP nº 94, de 10 de junio de 2011).
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
  • Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
  • Bases y convocatoria. BOP nº122/2022 de 10 de octubre de 2022
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 4. Tramitación electrónica
Unidad Tramitadora

Servicio de Movilidad y Accesibilidad Universal

Tema
Taxis Movilidad
Tipo
Subvenciones Subvenciones Taxi