Prórroga del plazo para declarar Plusvalía
Denominación
Prórroga del plazo para declarar Plusvalía
Destinatarios
Sujetos pasivos en las declaraciones comunicaciones por mortis causa
Medios de Presentación
Presencial
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Plazo de Presentación
Seis meses prorrogables hasta un año
Documentación
- Solicitud
- Certificado de defunción
- Fotocopia del DNI del interesado
En caso de actuar mediante representante:
- Documento acreditativo de la representación
- Documento de identidad del Representante
Tasas
No procede
Información
- Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
- Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Órgano de Resolución
Coordinador General de Hacienda y Política Financiera
Plazo de Resolución
No procede
Efectos del Silencio
No procede
Normativa
- Ley 58/2003, General Tributaria. Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales
- Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre de 1990, Reglamento General de Recaudación (BOE de 27 de febrero de 1991)
- Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones
Cuando se aporte la escritura de aceptación de herencia adjuntar a la solucitud de liquidación del impuesto la copia de la solicitud de prórroga presentada anteriormente
Unidad Tramitadora
Servicio de Gestión Tributaria
Trámites Relacionados
Tema
Plusvalía
Hacienda
Tipo
Procedimiento