Uso por Clubes y Asociaciones deportivas del municipio que participen en competiciones oficiales federadas

Denominación
Uso por Clubes y Asociaciones deportivas del municipio que participen en competiciones oficiales federadas
Descripción

Solicitud de autorización de uso de las instalaciones deportivas para entrenamientos y competiciones oficinales federadas por parte de Clubes y Asociaciones deportivas del municipio

Destinatarios

Clubes y Entidades Deportivas del municipio, legalmente constituidas

Medios de Presentación

Telemático

Plazo de Presentación
  • Reservas para temporada oficial del 1 al 15 de julio de cada año.
  • Reservas de usos esporádicos: sin plazo, se atenderá a la solicitud según disponibilidad
Documentación
  • Solicitud de uso
  • Declaración responsable
  • Fotocopia del N.I.F. del/a Presidente de la Entidad, así como C.I.F. de la misma.
  • Certificación del Secretario de la Entidad justificativas de la personalidad jurídica del/a Presidente, así como de estar expresamente facultado para solicitar el uso de las instalaciones deportivas.
  • Copia del alta y/o documento acreditativo de estar al corriente en el Registro Municipal de Entidades.
  • Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los riesgos de daños a terceros y de desperfectos en la instalación y anejos (incluido el parquet).
  • Certificación del Secretario de la Federación correspondiente, acreditativo de hallarse inscrito el club en competición oficial durante la temporada objeto de solicitud. En caso de varios equipos pertenecientes al mismo Club, la certificación contemplará referencia específica a cada uno de ellos.
  • Calendario oficial de competición.
Tasas

Según Ordenanza Fiscal vigente:
Como medida de fomento de la actividad física y del deporte en los términos establecidos en la legislación estatal y autonómica en la materia, y siempre que tales usos hayan sido expresamente valorados y autorizados previamente por el órgano competente en los términos establecidos en las normativas y reglamentos municipales de aplicación, no estarán sujetos a lo previsto en esta Ordenanza los siguientes conceptos:

  1. Uso por parte de los clubes y asociaciones deportivas del municipio, en situación de alta y al corriente en el correspondiente Registro municipal de entidades, para la celebración de entrenamientos y competiciones oficiales federadas.
Información

Servicio de Deportes
922 609 504 - 922 609 511 - 922 609 523 - 922 609 528
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Julio, agosto y septiembre de lunes a viernes de 8.30 a 13.00 horas

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Concejalía de Deportes y Calidad de Vida

Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones

Las autorizaciones de uso periódico habitual expedidas a favor de clubes federados del municipio para efectuar sus entrenamientos y competiciones oficiales, tendrán efecto entre los días 1 de septiembre y 30 de junio del año siguiente.

El Club o la Entidad, una vez notificada la autorización correspondiente, deberá efectuar con carácter expreso y previo, ante el Servicio de Deportes, manifestación fehaciente de la fecha exacta en que comenzará a utilizar la instalación deportiva autorizada; dicho preaviso habrá de realizarse con una antelación mínima de tres días hábiles al primer uso interesado. La no utilización de este procedimiento de preaviso producirá la inexistencia de derecho de uso de los espacios autorizados.

El uso de instalaciones en períodos y horarios diferentes a los contemplados podrá ser efectuado previa reserva de espacio y pago de las tasas aplicables, conforme a la disponibilidad.

Cuando un Club no vaya a utilizar los espacios y horarios que le han sido autorizados, deberá preavisar por escrito, con antelación de dos días hábiles dicha circunstancia. En caso contrario, a la tercera incomparecencia sin preaviso formal y fehaciente en el horario utilizado, procederá la revocación automática de la autorización en todos sus términos, y sobre todas las instalaciones de las que ese Club o Entidad sea usuario.

Los Clubes usuarios de las piscinas habrán de adaptarse, en cuanto al uso de espacios autorizados, a la programación de actividades organizadas por el Servicio de Deportes, fundamentalmente, y a título no limitativo, durante el verano.

Las solicitudes relativas a autorización y programación de celebración de competiciones oficiales de los Clubes municipales que participen en competición oficial federada, serán resueltas una vez sean aportados los correspondientes calendarios oficiales por las Entidades interesadas, atendiéndose según programación y disponibilidad de espacios, estando facultado el Servicio de Deportes para trasladar a instalaciones deportivas alternativas la celebración de competiciones, en caso de indisponibilidad de la solicitada inicialmente.

Para el uso de espacios publicitarios por parte de los Clubes, exclusivamente durante sus competiciones, habrá de estarse a lo dispuesto en la normativa reguladora del uso de las instalaciones deportivas y al procedimiento aplicable (consultar procedimiento de uso de instalaciones deportivas con fines publicitarios).

Unidad Tramitadora

Servicio de Deportes y Calidad de Vida

Tema
Deportes Reservas y usos deportivos
Tipo
Procedimiento