Comprobación limitada

Descripción:

En el procedimiento de comprobación limitada la Administración tributaria podrá comprobar los hechos, actos, elementos, actividades, explotaciones y demás circunstancias determinantes de la obligación tributaria.

En este procedimiento, la Administración Tributaria podrá realizar:

a) Examen de los datos consignados por los obligados tributarios en sus declaraciones y de los justificantes presentados o que se requieran al efecto.
b) Examen de los datos y antecedentes en poder de la Administración Tributaria que pongan de manifiesto la realización del hecho imponible o del presupuesto de una obligación tributaria, o la existencia de elementos determinantes de la misma no declarados o distintos a los declarados por el obligado tributario.
c) Examen de los registros y demás documentos exigidos por la normativa tributaria y de cualquier otro libro, registro o documento de carácter oficial con excepción de la contabilidad mercantil, así como el examen de las facturas o documentos que sirvan de justificante de las operaciones incluidas en dichos libros, registros o documentos.
d) Requerimientos a terceros para que aporten la información que se encuentren obligados a suministrar con carácter general o para que la ratifiquen mediante la presentación de los correspondientes justificantes.

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Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades

Sujeto pasivo de los tributos municipales

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Tramitación:
Telemático
Registro electrónico

Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve

Tramitar
Presencial
Presencial
Documentación requerida:

En caso de representación utilizar  modelo de representación ante la Inspección Tributaria Municipal.pdf

 

Tasas:

No procede

Requisitos:

Con carácter general, RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN o bien, directamente, RECLAMACIÓN ECONÓMICA-ADMINISTRATIVA dirigida al Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Santa Cruz de Tenerife

Específicamente en materia de Impuesto sobre Actividades Económicas:

  • Contra los actos de gestión censal efectuados por la Inspección, RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano municipal que ha dictado el acto o bien, directamente, RECLAMACIÓN ECONÓMICA-ADMINISTRATIVA dirigida al Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias, Sala Desconcentrada de Santa Cruz de Tenerife
  • Contra los actos de gestión tributaria municipal efectuados por la Inspección, RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano municipal que ha dictado el acto o bien, directamente, RECLAMACIÓN ECONÓMICA-ADMINISTRATIVA dirigida al Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.
Normativa:
Observaciones:

Procedimiento que se inicia excusivamente de oficio

Unidad tramitadora:

Servicio de Gestión Tributaria

Plazo de resolución:

6 meses

Efectos del silencio:

Caducidad

Tipo:
  • Tributaria
Materia:
  • Hacienda
Submateria del trámite:
  • Inspección Tributaria
Tipología:
  • Procedimiento
Nivel de administración electrónica:
  • Nivel 4: Tramitación electrónica
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