Subvenciones destinadas a las personas autónomas y microempresas para minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID-19 o Coronavirus
| Descripción: |
El objeto de las subvenciones pretende proteger el interés general de la ciudadanía de Santa Cruz de Tenerife, dando apoyo a las personas autónomas y microempresas, para minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID-19 y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación de la economía de nuestro Municipio, actuando directamente sobre las actividades empresariales más afectadas y vulnerables. Las subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de valoración la fecha y hora de entrada que figuren registradas en la solicitud, reuniendo la totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria. En caso de no presentar la solicitud con la documentación completa, se considerará como fecha de Registro de Entrada la de la última presentación de documentación relativa a dicha solicitud |
| Destinatarios: |
Personas físicas o jurídicas, como las sociedades mercantiles, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales, independientemente de que las realicen, o no, en régimen de concesión, que motivan el otorgamiento de la subvención; y que cumplan los requisitos que a continuación se indican. |
| Tramitación: |
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Tramitar
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| Plazos y avisos: |
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir de las 09:00 horas del día siguiente a la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP). (Del 7 de mayo al 26 de mayo, ambos inclusive ) |
| Documentación requerida: |
A la solicitud se acompañará, la siguiente documentación dependiendo de si el solicitante es persona física o jurídica. Persona física:
Persona jurídica:
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| Información: |
Servicio 010 de atención telefónica |
| Tasas: |
No procede |
| Requisitos: |
a) Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma o una microempresa. La microempresa es aquella definida conforme Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones EUR). |
| Normativa: |
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| Observaciones: |
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| Unidad tramitadora: |
El Servicio competente para la instrucción del procedimiento de concesión de la subvención de referencia será el Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida. |
| Órgano de resolución: |
Junta de Gobierno Local de Santa Cruz de Tenerife. |
| Plazo de resolución: |
El plazo máximo para resolver y notificar no podrá exceder de 6 meses, pero se tenderá a que el procedimiento concluya en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. |
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| Materia: |
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| Tipología: |
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| Nivel de administración electrónica: |
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas