Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud: LAS AMPAS de los Centros Escolares del Municipio
| Destinatarios: |
LAS AMPAS de los Centros Escolares del Municipio. Podrán nombrar un máximo de tres representantes del conjunto de todas ellas, siempre que sea joven (de 14 a 30 años) Los representantes y suplentes de las AMPAS deben cumplir los requisitos siguientes:
Trámites del procedimiento Para la designación de los 3 representantes, de entre las solicitudes presentadas, se establece el siguiente sistema de selección: Para proceder al nombramiento (titular y suplente) se convocarán por parte del Servicio, a todas las entidades que hayan remitido en tiempo y forma la documentación requerida y se acordará quienes formarán parte del Consejo; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizara el procedimiento de sorteo. |
| Tramitación: |
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Tramitar
Presencial
Oficinas de atención e información ciudadana OAIC |
| Plazos y avisos: |
22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES) |
| Documentación requerida: |
En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:
En caso de presentación presencial como presentador:
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| Información: |
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida Servicio 010 de atención telefónica |
| Tasas: |
No procede |
| Normativa: | |
| Unidad tramitadora: |
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud |
| Órgano de resolución: |
Concejalía de Educación y Juventud |
| Materia: |
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| Submateria del trámite: |
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| Tipología: |
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| Nivel de administración electrónica: |
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas