IVTM_Exención para personas de movilidad reducida, o para personas discapacitadas, para su uso exclusivo

En plazo
Descripción:

Exención: 100%, de carácter ROGADO.

1. Los vehículos para personas de movilidad reducida a que se refiere la letra A del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
2. Los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo, referido tanto a vehículos conducidos por personas con discapacidad como los destinados a su transporte.
Esta exención se aplicará siempre que se mantengan las circunstancias citadas en relación tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte y no se podrá disfrutar de la misma por más de un vehículo simultáneamente.
Efectos de la exención: A partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud.

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Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades

Personas físicas o jurídicas interesadas que figuren como titulares del vehículo en el permiso de circulación

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Tramitación:
Telemático
Registro electrónico

Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve

Tramitar
Presencial
Presencial
Documentación requerida:
  • Solicitud
  • DNI/CIF del interesado
  • Documento acreditativo de la representación, en su caso
  • DNI del representante, en su caso
  • Permiso de circulación
  • Documento que acredite grado de discapacidad igual o superior al 33%

En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:

  • Poder notarial
  • Designación de persona representante mediante APUD ACTA, en virtud de la cual se confiere la capacidad de representación a una persona física. Ver trámite

En caso de presentación presencial como presentador:

  •  Autorización para actuar como presentador de documentos en las oficinas de asistencia en materia de registro  formulario de autorización
Información:
  • Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
     
  • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Tasas:

No procede

Normativa:
Unidad tramitadora:

Servicio de Gestión Tributaria

Órgano de resolución:

Titular del órgano directivo de la Jefatura de Recaudación

Plazo de resolución:

Seis meses

Efectos del silencio:

Desestimatorio

Tipo:
  • Tributaria
Materia:
  • Hacienda
Submateria del trámite:
  • Exenciones y bonificaciones
Tipología:
  • Procedimiento
Nivel de administración electrónica:
  • Nivel 4: Tramitación electrónica
Código interno:

EST_BFI_IVTM_EXE_MS

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