Designación de Vocalía del Consejo Municipal LGTBI: Entidades LGTBI

Descripción:

El Consejo Municipal LGTBI de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción del reconocimiento y garantía de los derechos de las personas LGTBI y en la prevención y erradicación de la LGTBI fobia, así como cauce para favorecer la participación de las asociaciones de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales en la vida ciudadana y la coordinación en políticas LGTBI de los colectivos que lo integran.
Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal LGTBI, deben realizar el trámite correspondiente y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal LGTBI, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.
Le corresponde una vocalía a cada asociación LGTBI del municipio o que desarrollen su actividad en el municipio.

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Destinatarios:

Asociaciones LGTBI (debe constar en la denominación) del municipio o que desarrollen su actividad en el municipio

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Tramitación:
Telemático
Registro electrónico

Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve

Tramitar
Plazos y avisos:

En el proceso de constitución de 15 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
En lo sucesivo, en el momento en el que se necesite renovar la vocalía

Documentación requerida:
  • Solicitud
  • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal LGTBI

En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:

  • Poder notarial
  • Designación de persona representante mediante APUD ACTA, en virtud de la cual se confiere la capacidad de representación a una persona física. Ver trámite

En caso de presentación presencial como presentador:

  •  Autorización para actuar como presentador de documentos en las oficinas de asistencia en materia de registro  formulario de autorización
Información:

Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
C/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Tasas:

No procede

Requisitos:

Es condición indispensable para participar en el Consejo Municipal LGTBI,  encontrarse inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

Normativa:
Observaciones:

La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal LGTBI, tal y como se recoge en el art. 13 de los Estatutos del Consejo.

Unidad tramitadora:

Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud

Órgano de resolución:

Presidencia del Consejo Municipal LGTBI

Materia:
  • Igualdad y diversidad afectivo sexual
Submateria del trámite:
  • Consejo Municipal LGTBI
Tipología:
  • Procedimiento
Nivel de administración electrónica:
  • Nivel 4: Tramitación electrónica
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Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
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