Autorización de obra en vía pública (zanjas)
Autorización para la apertura de calicatas o zanjas en terrenos de uso público y cualquier remodelación del pavimento o aceras en la vía pública
Personas físicas o jurídicas interesadas
Presencial
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Todo el año
A. DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA EJECUTAR LA OBRA
- Memoria técnica o Proyecto, firmado por técnico/a competente:
Descripción y justificación de las obras, duración, superficies a ocupar en calzada y/o en acera,
Estudio Básico de Seguridad y Salud,
Estudio de Seguridad y Salud y Estudio de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición,
Fotografías actuales de la zona de actuación. - Planos:
1. Plano de situación con la instalación proyectada, trazado de la zanja y ubicación de los distintos elementos,
2. Plano de superficies a ocupar por las obras (indicando los m2 de ocupación en acera y/o los m2 de ocupación en calzada),
3. Plano de Seguridad y Salud con las superficies a ocupar por vallado, zonas de almacenamiento de materiales y residuos, recorridos peatonales y vehiculares transitorios y corte de vía si fuera preciso. - Medición y presupuesto:
Sin IGIC y acorde a los precios de mercado. - Autorizaciones (autorización por parte de la empresa municipal de aguas para el acople a sus instalaciones u otras que se estimen necesarias) o Informes preceptivos y sectoriales, en su caso (Costas; Carreteras de Cabildo; Cauces, Barrancos y Aguas; Servidumbres Aeronáuticas, etc.).
- Identificación de la empresa constructora (Contrato subcontrata que ejecutará la obra civil) y póliza a todo riesgo vigente.
- Designación del técnico/a competente responsable de la Seguridad y Salud (Coordinador de seguridad y salud) de las obras con su firma y aceptación y la del solicitante aportando el teléfono de contacto.
- Designación del técnico competente responsable de la Obra (Director de obra) con su firma y aceptación y la del solicitante, aportando teléfono de contacto.
- Justificante abono de tasa
B. DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE EJECUTAR LA OBRA CON EMPRESA CONCESIONARIA (Servicio de mantenimiento, conservación y mejora de las vías y espacios públicos del municipio de SC o Empresa Municipal de aguas)
- Memoria técnica o proyecto:
Descripción y justificación de las obras, duración, superficies a ocupar en calzada y/o en acera, fotografías actuales de la zona de actuación. - Planos de situación y trazado de la zanja, así como plano de Seguridad y Salud con las superficies a ocupar por vallado, zonas de almacenamiento de materiales y residuos, recorridos peatonales y vehiculares transitorios y corte de vía si fuera preciso.
- Presupuesto autorizado por la empresa concesionaria
- Justificante de pago de la empresa concesionaria
- Autorizaciones o Informes preceptivos y sectoriales (en su caso)
En su caso: Costas, Carreteras de Cabildo, Cauces, Barrancos y Aguas, Servidumbres Aeronáuticas,etc.) - Justificante abono de tasa
La tramitación de la autorización se encuentra gravada por Tasa por prestación de servicios urbanísticos (según la Ordenanza Fiscal vigente)
1. Obtener carta de pago para autoliquidar la tasa:
- En su área personal (En Autoliquidaciones/Tasa por Apertura de Zanjas y Calicatas)
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve - En las Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa
3. Adjuntar justificante abono de tasa junto a la solicitud y resto de documentación
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía de Gobierno del Área de Hacienda y Patrimonio
3 meses
Desestimatorio
- Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales protegidos de Canarias (art. 333.1.f)
- Supletoriamente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos
- Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno (Art. 77 f)
- Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20254
- Las tasas abonadas inicialmente tienen el carácter de provisional. La Administración podrá girar liquidaciones complementarias, una vez comprobados los datos declarados en la solicitud. El pago de la tasa se hará mediante autoliquidación o liquidación provisional en el momento de presentación de la solicitud que inicia la actuación o el expediente que no se realizará o tramitará sin que se haya efectuado el mismo, de conformidad con el art. 21.1.b del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El pago se hará sin perjuicio de cualesquiera otras autoliquidaciones o liquidaciones que procedieran.
- En caso de ejecutar la obra con empresa distinta a la concesionaria, se exigirá una fianza en garantía de la correcta ejecución de las obras correspondiente al 30% del presupuesto total.
- La autorización municipal no excluye la obligatoriedad de obtener otras autorizaciones que sean precisas, en su caso conforme a lo dispuesto en la legislación sectorial correspondiente.
Servicio de Patrimonio