Solicitud turismo social mayores campaña 2024, convenio con IASS

Denominación
Solicitud turismo social mayores campaña 2024, convenio con IASS
Destinatarios

Personas mayores de 60 años empadronados con una antigüedad de tres años

Requisitos
  • Ser mayor de 60 años o cumplir dicha edad durante el año en curso que se realice el viaje. Cónyuge o pareja de hecho (inscritos en el correspondiente registro) aunque no tengan la edad referida.
  • Estar empadronado en el municipio como mínimo los últimos TRES (3) años anteriores a la realización del viaje.
  • No padecer alteraciones de comportamientos o cualquier otro problema de salud que imposibilite la realización del viaje y de las actividades de ocio.
  • No haber participado en la última campaña realizada por el IASS (Instituto de Atención Social y Sociosanitaria).
  • No superar el límite de ingresos económicos anual.

Unidad familiar: la formada por los cónyuges no separados legalmente y los hijos menores de edad y/o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. En los casos en los que la persona mayore no tenga vínculo matrimonial o esté separada legalmente, la formada por los hijos que convivan y reúnan los requisitos señalados…”

  • Unidad familiar de un solo miembro: 16.800,00 euros
  • Unidad familiar de 2 ó 3 miembros: 23.520,00 euros
  • Unidad familiar de más de 3 miembros: 25.200,00 euros

 

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación
  • Plazo presentación solicitudes desde el 6 de septiembre al 7 de octubre de 2024
  • 15/11/2024. Lista de Admitidos Viaje Turismo social 20 de noviembre  [descargar.pdf]

 

Documentación
  • Solicitud
  • Fotocopia del DNI en vigor, del solicitante y cónyuge o pareja de hecho (en caso de no autorizar a la consulta por el Ayuntamiento)
  • Libro de familia o certificado registral de pareja de hecho
  • Fotocopia de la tarjeta sanitaria del solicitante y cónyuge o pareja de hecho
  • Fotografía reciente tamaño carnet del solicitante y cónyuge o pareja de hecho
  • Certificado de empadronamiento del titular y cónyuge o pareja de hecho, con fecha de llegada al municipio (en caso de no autorizar a la consulta por el Ayuntamiento)
  • Certificado médico expedido por un médico facultativo, en el que haga constar que es apto para viajar y que no tiene problemas de movilidad para la realización de las excursiones y visitas, enfermedad que padece si la hubiera, así como, la medicación y posología.
  • Ficha de datos personales del solicitante y cónyuge o pareja de hecho. Anexo II
  • Cuestionario de salud del solicitante y cónyuge o pareja de hecho. Anexo III

Justificación de ingresos económicos:

  • Certificado oficial de pensiones / prestaciones emitido por el órgano competente, del solicitante y cónyuge o pareja de hecho. (No se admiten impresos de entidades bancarias y, en caso de no autorizar a la consulta por el Ayuntamiento)
  • Tarjeta de estar inscrito como demandante de empleo y certificado de las prestaciones del SEPE (en caso de no autorizar a la consulta por el Ayuntamiento)
  • Trabajadores por cuenta ajena: tres últimas nóminas
  • Trabajadores autónomos: última liquidación trimestral del IRPF y declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que percibe.
  • Fotocopia de la última declaración de la renta y en su defecto certificado de estar exento/a de realizarla del solicitante y cónyuge o pareja de hecho (en caso de no autorizar a la consulta por el Ayuntamiento)
Información

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 – 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Instituto de Atención social y Sociosanitaria de Tenerife_IASS

Plazo de Resolución

Dos meses

Efectos del Silencio

Desestimatorio

Normativa
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones

Se considera como "Unidad familiar": la formada por los cónyuges no separados legalmente y los hijos menores de edad y/o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. En los casos en los que la persona mayore no tenga vínculo matrimonial o esté separada legalmente, la formada por los hijos que convivan y reúnan los requisitos señalados

Unidad Tramitadora

Servicio de Atención Social (IMAS)

Tema
Atención social Turismo social mayores