Subvenciones económicas destinadas al fomento de la actividad del taxi adaptado para personas con movilidad reducida 2024
Subvenciones económicas destinadas al fomento de la actividad del taxi adaptado a personas con movilidad reducida en el municipio de Santa Cruz de Tenerife 2024
Podrán ser beneficiarios de la subvención quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser titular de una licencia de taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife, en el momento de la convocatoria.
- Haber realizado mediante vehículo adaptado la actividad de transporte de personas con movilidad reducida en el período en que se establezca en la correspondiente Convocatoria
Presencial
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Será necesario solicitar cita previa
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Plazo presentación de solicitudes desde el 22 de julio hasta el 9 de agosto de 2024 (ambos inclusive)
- Anexo I. Solicitud subvención
- Anexo II. Declaración responsable de no estar incurso en las causas de exclusión previstas en la Base 2 así como cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Anexo III. Compromiso de continuar ejerciendo la actividad de fomento del taxi adaptado de forma ininterrumpida hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Copia del permiso de circulación del vehículo que se pretende adaptar, en su caso.
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía Delegada con competencias en materia de Movilidad y Accesibilidad Universal (Por Delegación de la Junta de Gobierno Local, de fecha 15 de julio de 2024)
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, computados a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOP de Santa Cruz de Tenerife. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud, sin perjuicio de la obligación de resolver conforme al artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Desestimado
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RLGS)
- Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 146, de 5 de septiembre de 2005, modificada parcialmente por acuerdo del Pleno de fecha 25 de febrero de 2011 (publicación de aprobación definitiva en BOP nº 94, de 10 de junio de 2011).
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
- Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
- Bases y convocatoria. BOP nº 87/2024 de 19 de julio
Servicio de Movilidad y Accesibilidad Universal