Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2024): Solicitud
Denominación
Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2024): Solicitud
Descripción
Subvención a entidades ciudadanas para colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento
Destinatarios
Entidades ciudadanas
Requisitos
- Ostentar personalidad jurídica propia.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica, Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y al corriente en las obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social.
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con esta Administración. A tal efecto, se considerará que los solicitantes se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en periodo ejecutivo, salvo que éstas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
- No encontrarse incursa en el resto de circunstancias o prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 10.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones de Santa Cruz de Tenerife, contando a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente, con una antigüedad mínima de dos años desde su inscripción.
- Haber presentado todos los datos actualizados para la renovación anual de su inscripción en el Registro Municipal de Entidades y asociaciones, en el primer trimestre del año tal como exige el artículo 59.1 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana.
Medios de Presentación
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Plazo de Presentación
20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria.
Desde el 10 de junio al 5 de julio de 2024, ambos inclusive.
Documentación
- Obligatoria: ANEXO I. Solicitud de subvención a Entidades Ciudadanas para colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento
- Voluntaria: Certificación actualizada acreditativa del número de socios/patronos
Tasas
No precede
Información
Servicio de Organización y Gobierno Abierto
Tfno 922 606 620
Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Órgano de Resolución
Junta de Gobierno de la Ciudad
Plazo de Resolución
Seis meses
Efectos del Silencio
Desestimatorio
Normativa
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General deSubvenciones del Excmo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
- Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
- Convocatoria (BOP nº 69/2024 de fecha 7 de junio, BDNS 765614 )
- Bases (BOP nº 56/2024 de 8 de mayo)
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 4. Tramitación electrónica
Observaciones
Anuncios
- 08/10/2024. Anuncio de Acuerdo de la JGC de concesión de las subvenciones [descargar.pdf]
- 09/08/2024. Anuncio propuesta provisional de concesión de la subvención [descargar.pdf]
- 10/07/2024. Anuncio requerimiento de subsanación de solicitudes de subvención [descargar.pdf]
Unidad Tramitadora
Servicio de Organización y Gobierno Abierto
Tema
Entidades ciudadanas
Tipo
Subvenciones entidades ciudadanas
Subvenciones