Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud. Federaciones de asociaciones
Federaciones de asociaciones, legalmente constituidas, que estén compuestas por un mínimo de tres asociaciones de jóvenes, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que estén compuestas mayoritariamente por jóvenes, en una edad comprendida entre los catorce y treinta años (14-30), ambos inclusive
- Que carezcan de ánimo de lucro
- Que actúen en el territorio del municipio de Santa Cruz de Tenerife
- Que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento
Las Federaciones de Asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos.
Los representantes y suplentes de las citadas federaciones deben cumplir los requisitos siguientes:
- Residir en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
- No estar inhabilitado o incapacitado legalmente
- Tener una edad comprendida entre los 14 y los 30 años, ambas incluidas
- Haber sido designado representante por la entidad correspondiente y aceptar la designación como representante, en su caso
- Acreditarse, exhibiendo el documento acreditativo de su identidad
- Formalizar la toma de posesión
Trámites del procedimiento
Verificado el cumplimiento de los requisitos, se le comunicará que puede designar su representante. El plazo para ello se hará público en la web municipal, sin que pueda ser inferior a 15 días, contados a partir del día siguiente a la referida comunicación.
Pasado dicho plazo, la Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
La designación de los representantes se realizará por la entidad correspondiente de acuerdo con el sistema democrático y representativo que tengan establecido, atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, cuando sea posible. Por cada uno de los representantes, se designará un suplente para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
Las Federaciones de Asociaciones podrán ser miembros del Consejo, a través de su representante correspondiente, sin limitación de número, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)
Presencial
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)
- Solicitud
- Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de la Juventud
No procede
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
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38003 Santa Cruz de Tenerife
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Concejalía de Educación y Juventud
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud