Bonificaciones en la tasa de basura de negocios
Para la concesión de estas bonificaciones se tienen que dar los siguientes requisitos
- Bonificación por autotraslado (77%): Obtención de la previa autorización dada por el órgano municipal competente para proceder a la retirada de los residuos por medios propios.
- Bonificación por incinerador (Sólo para hospitales y clínicas) (coeficiente reductor de 0,82): documento que acredite que la clínica o el hospital posee incinerador.
Los contribuyentes de la tasa por gestión de residuos sólidos urbanos por inmuebles afectos a actividades económicas
Presencial
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
En cualquier momento desde el cumplimiento de los requisitos exigidos
- Solicitud Beneficios fiscales Impuesto Actividades Económicas y Tasa de Basura de Negocios
- Anexo 2. Tasa de Residuos Sólidos Negocios. Bonificaciones
- Autorización del órgano competente, o documento que acredite que la clínica o el hospital posee incinerador, según corresponda.
- Fotocopia del DNI o CIF del titular de la actividad
En caso de actuar mediante representante:
- Documento acreditativo de la representación
- Documento de identidad del Representante
No procede
- Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas - Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Coordinador General de Hacienda y Política Financiera
6 meses una vez acreditada la autorización (en el caso de autotraslado) o desde la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos (en supuesto de incinerador)
- Bonificación del 77% por autotraslado en negocios: Estimatorio siempre que cuente con la correspondiente autorización
- En las demás bonificaciones el silencio es desestimatorio.
- Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos
En el caso del autotraslado en negocios: La realización de estas actividades sin haber obtenido la oportuna autorización administrativa no dará derecho al disfrute de bonificación alguna.
Esta bonificación se entenderá prorrogada en tanto subsistan las circunstancias que motivaron la autorización para el traslado de los residuos por medios propios.
Los actos de concesión o reconocimiento de este beneficio fiscal tendrán carácter provisional.
La Administración Tributaria podrá comprobar en un posterior procedimiento de aplicación de los tributos la concurrencia de tales condiciones o requisitos y, en su caso, regularizar la situación tributaria del obligado sin necesidad de proceder a la previa revisión de dichos actos provisionales.
Servicio de Gestión Tributaria