Exención para ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos IVTM

Denominación
Exención para ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos IVTM
Descripción

Exención: 100%

Efectos de la exención: Al tratarse de una exención de las denominadas «automáticas», producirá efectos en el municipio de Santa Cruz de Tenerife desde la fecha de su matriculación o desde el ejercicio en el que se produzca el alta en el padrón del Impuesto del mismo.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas interesadas que figuren como titulares del vehículo en el permiso de circulación

Medios de Presentación

 Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

Sin plazo

Documentación

En caso de actuar mediante representante:

Tasas

No procede

Información
  • Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
     
  • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Órgano de Resolución

Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

Plazo de Resolución

Seis meses

Efectos del Silencio

Desestimatorio

Normativa
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones

En el caso de que se solicite la exención en el documento de «autoliquidación» deberá aportarse la documentación anterior, con excepción del «Permiso de Circulación».

Unidad Tramitadora

Servicio de Gestión Tributaria

Tema
Hacienda Exenciones y bonificaciones
Tipo
Procedimiento