Renovación de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente

Denominación
Renovación de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
Descripción

Procedimiento en virtud del cual se procede a resolver una solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente

Destinatarios

Extranjeros no comunitarios empadronados, sin autorización de residencia permanente en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

Todo el año

Documentación
  • Solicitudde Renovación de la Inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
  • NIE o Pasaporte
Tasas

No procede

Información

Servicio 010 de atención telefónica

922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Normativa
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 80, de 3 de abril de 1985
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 14 de agosto de 1986.
  • Resolución de 16 de mayo de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 9 de mayo de 2019, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Autonómica y Local, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la de 30 de enero de 2015, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones
  • La inscripción en el Padrón Municipal sólo surtirá efecto por el tiempo que subsista el hecho que la motivó
  • En todo caso, deberá ser objeto de renovación periódica CADA DOS AÑOS cuando se trate de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente en España
  • En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.
  • La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Unidad Tramitadora

Negociado de Población y Demarcación Territorial

Tema
Padrón de habitantes
Tipo
Procedimiento