Transmisión de Licencia de Taxi
Tramitar la licencia municipal de taxi en favor de un tercero o de uno de los causahabientes
Titulares o causahabientes del titular de licencia municipal de taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife
Presencial
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Será necesario solicitar cita previa
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
- "Inter Vivos" todo el año
- "Mortis Causa" un año a contar desde el fallecimiento del titular
- Solicitud: Transmisión de Licencia de Taxi
En caso de transmisión "Inter vivos":
- Precontrato donde se indique el precio de la operación
- Licencia municipal de Taxi (Banda Roja)
Documentación Titular - Transmitente:
- DNI/NIE
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente con la Hacienda Canaria
- En caso de jubilación o incapacidad, Resolución de la Seguridad Social declarando tal circunstancia
En caso de transmisión "Mortis causa":
- Licencia municipal de Taxi (Banda Roja)
- Acuerdo o partición de la herencia de los causahabientes
- DNI / NIE causahabientes
Documentación Titular - Fallecido:
- DNI / NIE
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente con la Hacienda Canaria
En caso de sustitución del vehículo:
Vehículo nuevo:
- Ficha técnica del vehículo
Vehículo de segunda mano:
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación del vehículo
Adquirente:
- DNI / NIE
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente con la Hacienda Canaria
- Carnet de conducir (*)
- Permiso municipal para conducir taxi o comunicación de su fecha de obtención (*)
- Declaración responsable sobre no ostentar la titularidad de otras licencias en ningún municipio de las islas
- Declaración responsable de cumplimiento del requisito de honorabilidad previsto en el artículo 15 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
(*) No será necesario si se dan las circunstancias previstas en la Disposición Adicional Segunda, apartado 1 del Reglamento del Taxi
En caso de actuar mediante representante:
Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Junta de Gobierno de la Ciudad
Tres meses
Desestimatorio
- Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias (BOE nº.143, de 15/06/2007)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Decreto 74/2012, de 2 de agosto de 2012, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi. (BOC nº.157, de 10/08/2012)
- Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Vehículos de Alquiler con Aparato Taxímetro
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos
La licencia municipal y, en su caso, la autorización insular caducarán transcurrido el plazo de un año sin que se hubiera continuado la explotación por el causahabiente adjudicatario o se hubiera transmitido a un tercero.
El Ayuntamiento aportará del oficio al expediente, la siguiente documentación:
- Certificados o informes acreditativos de estar al corriente con la Corporación del adquirente y del transmitente
- Certificados o informes acreditativos de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal del adquirente y del transmitente, en caso de contar con autorización para ello
- Informes justificativos de no tener pendientes sanciones administrativas en materia de transportes emitidos por el servicio competente del Cabildo y del propio Ayuntamiento
Servicio de Movilidad y Accesibilidad Universal