Designación de Vocalía del Consejo Municipal LGTBI: Organizaciones Sindicales
El Consejo Municipal LGTBI de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción del reconocimiento y garantía de los derechos de las personas LGTBI y en la prevención y erradicación de la LGTBI fobia, así como cauce para favorecer la participación de las asociaciones de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales en la vida ciudadana y la coordinación en políticas LGTBI de los colectivos que lo integran.
Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal LGTBI, deben realizar el trámite correspondiente y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal LGTBI, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.
Le corresponde una vocalía una persona en representación de las organizaciones sindicales que desarrollen actividades relacionadas con los fines de este Consejo.
Organizaciones sindicales que tienen domicilio o sede en el municipio
Es condición indispensable acreditar a través de memorias o certificación de la entidad el desarrollo de actividades relacionadas con los fines de este Consejo en el periodo de un año anterior a la acreditación
Presencial
- Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa
Telemático
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
En el proceso de constitución de 15 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En lo sucesivo, en el momento en el que se necesite renovar la vocalía.
- Solicitud
- Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal LGTBI
- Memoria o certificación de la Entidad correspondiente al año anterior (firmada y sellada)
No procede
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
C/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Presidencia del Consejo Municipal LGTBI
- Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana
- Estatutos del Consejo Municipal LGTBI
- Resolución del Presidente del Consejo, de 11 de febrero, en referencia al procedimiento para la constitución del Consejo Municipal, BOP nº.24/2015, de 20 de febrero
La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal LGTBI, tal y como se recoge en el art. 13 de los Estatutos del Consejo.
Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las organizaciones Sindicales que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las Organizaciones Sindicales, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal LGTBI; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes ( titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud