Uso no deportivo de instalaciones deportivas
Uso no deportivo de instalaciones deportivas para actos artísticos, culturales, convenciones y asimilados
Organizadores de actos artísticos, conciertos, convenciones, asambleas y asimilados (no deportivos)
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Presencial
Plazo mínimo de treinta días naturales a la fecha del inicio del acto
- Solicitud
- Acreditación de personalidad jurídica y representación de quien solicita la reserva de uso
- Estatutos, escritura de constitución y CIF de la entidad organizadora
- Autorización/es administrativa/s de otros órganos administrativos competentes
- Declaración de exención expresa de responsabilidad generada de los accidentes que puedan sufrir las personas intervinientes en el acto
- Póliza de seguro de accidentes sobre los participantes
- Póliza de seguro de responsabilidad civil de organización, que cubra riesgo de daños a terceros y desperfectos en las instalaciones y anejos
- Otras declaraciones de responsabilidad en relación con limpieza y seguridad privada (gastos por cuenta del organizador), por lo que deberá aportar contrato suscrito con la empresa de limpieza a tal efecto
- Descripción del número, precio y distribución de entradas, billetes, tickets y asimilados
- Relación certificada del personal acreditado del organizador.
- El Servicio de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz podrá exigir otro tipo de documentación específica en función del objeto de la solicitud
Según Ordenanza Fiscal vigente
- Pistas en pabellones cubiertos. Actos artísticos, culturales, convenciones y asimilados, 2.499,75 €/día
- Salas deportivas multiusos para grupos, según aforo, 16,70 €/hora
- Campos de fútbol de césped, 4.999,55 €/día
- Salas de reuniones (incluye uso no deportivo de salas multiusos). Uso libre, máximo personas según aforo, 23.10 €/hora
- Taquillas (uso asociado a una actividad autorizada), 4,10 €/hora.
- Stands no destinados a la venta (uso asociado a una actividad autorizada), 14,20 €/hora y stand
- Stands destinados a la venta (uso asociado a una actividad autorizada) 42,60 €/hora y stand
- Uso de megafonía de la instalación deportiva (asociado a una actividad autorizada), 7,10 €/hora
- Máquinas expendedoras. Destinadas a venta de alimentos, bebidas y otros. Por cada máquina instalada, 21,40 € mes por cada máquina
- Uso de espacios publicitarios, consultar procedimiento aplicable al uso de instalaciones deportivas con fines publicitarios
Servicio de Deportes
922 609 504 - 922 609 511 - 922 609 523 - 922 609 528
De lunes a viernes de 8.30 a 14.45 horas
Julio, agosto y septiembre de lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía de Deportes y Calidad de Vida
Los organizadores asumirán el compromiso de dejar la instalación en condiciones para su posterior uso, aportando contrato suscrito con empresa de limpieza a tal efecto.
Si desean colocar publicidad, deberán remitir solicitud formal de uso de espacios publicitarios aportando el listado de empresas que se deseen anunciar.
La autorización de utilización de espacios publicitarios obligará, además de al pago de la tasa que se genere con arreglo al procedimiento aplicable, a respetar las correspondientes concesiones administrativas o cualquier otro concepto que suponga derechos reconocidos a terceros, adjudicados por el Servicio de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
Sólo se permitirá colocar soportes publicitarios tipo "foam" o similar.
Servicio de Deportes y Calidad de Vida