Declaración de Interés Público de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife

Denominación
Declaración de Interés Público de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife
Descripción

Reconocimiento a la labor social que realizan las entidades ciudadanas del municipio, posibilitándoles a acogerse a una serie de beneficios como por ejemplo acceder con preferencia a convenios con el Ayuntamiento, utilización de locales e instalaciones municipales, disponer de espacios gratuitos en medios de comunicación social dependientes del Ayuntamiento.

Destinatarios

Entidades inscritas y debidamente actualizadas en el registro Municipal de Entidades y Asociaciones.

Requisitos
  1. Las entidades inscritas y debidamente actualizadas en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones que hayan sido declaradas de interés público nacional o autonómico; será suficiente con la solicitud formal al Ayuntamiento, acompañando la resolución en la que se acuerda tal declaración.
  2. Las entidades inscritas y debidamente actualizadas en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones que no hayan sido declaradas de interés público nacional o autonómico y cumplan los siguientes requisitos:
    a) Que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general en el ámbito municipal. Se entenderá por interés general la promoción de las condiciones para que la libertad e igualdad de los individuos sean reales y efectivas, facilitando su participación en la vida política, económica, social y cultural; en particular en los ámbitos asistenciales, sanitarios, cívicos, educativos, científicos, culturales, etnográfico, deportivos y de defensa del medioambiente.
    b) Que su actividad no esté restringida a favorecer a sus miembros o personas asociadas exclusivamente, sino que pueda extenderse a cualquier otra persona que reúna las circunstancias y caracteres propios del ámbito y de la naturaleza de sus fines.
    c) Que los Estatutos de la Entidad sólo admitan como socias a las personas jurídicas cuando éstas carezcan de ánimo de lucro según sus Estatutos.
    d) Que disponga de los medios materiales y personales adecuados, así como de la organización idónea para garantizar el cumplimiento de los fines establecidos en sus Estatutos.
    e) Que no distribuyan entre sus miembros o personas asociadas las ganancias eventualmente obtenidas.
    f) Que no establezca ningún tipo de discriminación por razón de sexo, raza o religión en su proceso de admisión y en su funcionamiento.
    g) Que se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
    h) Que haya cumplido con el trámite anual de renovación en el Registro municipal.
    i) Que presenten un proyecto social de interés para la ciudadanía del Municipio. Se considerará que concurre tal circunstancia cuando se cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
    i. Las actividades planteadas deberán resultar beneficiosas para la comunidad, dentro del ámbito de actuación del proyecto, garantizándose que dichos beneficios transcienden de la esfera de las propias personas socias y no se circunscriben a un momento puntual.
    ii. El proyecto deberá potenciar, apoyar y poner en valor las singularidades del Municipio. La factibilidad del Proyecto que se presente debe quedar probada. A tal efecto, tendrá que acreditarse la disponibilidad de medios humanos y materiales suficientes para su realización y podrá considerarse la trayectoria de la entidad solicitante en la gestión de proyectos similares. La duración del Proyecto no deberá ser inferior a dos años, ni superior a cuatro. La declaración de interés público tendrá una duración coincidente con la del Proyecto.
Medios de Presentación

Telemático

Plazo de Presentación

Todo el año

Documentación

 A presentar por la entidad solicitante

  • Solicitud
  • Copias cotejadas de declaraciones de interés o utilidad pública efectuadas por otras Administraciones Públicas autonómicas
  • Copias cotejadas de declaraciones de interés o utilidad pública efectuadas por otras Administraciones Públicas estatales
  • Proyecto social de interés para la ciudadanía del Municipio, La duración del Proyecto no deberá ser inferior a dos años, ni superior a cuatro y deberá contener los siguientes apartados:
    a) Objetivos.
    b) Descripción de las actuaciones.
    c) Medios personales y materiales a adscribir.
    d) Relación de gastos previstos y financiación.
    e) Número de potenciales beneficiarios.
    f) Planificación temporal: duración y cronograma.
    • En su caso, documentación original, para su cotejo, de las declaraciones de interés o utilidad pública efectuadas a favor de la Entidad por otras Administraciones Públicas en sus respectivos ámbitos
    • En su caso, (si no han autorizado al Ayuntamiento a obtener los certificados) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Agencia Canaria y del Ayuntamiento en la que conste que la Entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y que no constan deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo
    • En su caso, (si no han autorizado al Ayuntamiento a obtener los certificados) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente la Entidad en sus obligaciones con la Seguridad Social

A aporta de oficio por el Ayuntamiento

  • Informe en el que se haga constar la inscripción en el Registro Municipal correspondiente y el cumplimiento de las obligaciones asociadas a la inscripción.
  • Informe acreditativo de que la Entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de que la entidad interesada no autorice al Ayuntamiento para recabar tal información, los certificados acreditativos deberán ser aportados por la solicitante en el momento de la presentación de la solicitud.
Tasas

No procede

Información

Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

Telefónos: 922 606 625 - 922 606 626
Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Concejalía Delegada en materia de Participación Ciudadana

Efectos del Silencio

Desestimatorio

Nivel de Administración Electrónica
Nivel 4. Tramitación electrónica
Observaciones

La Declaración de Interés Público es necesaria para la solicitud de cesión gratuita de locales e instalaciones municipales

Unidad Tramitadora

Servicio de Organización y Gobierno Abierto

Tema
Entidades ciudadanas Participación
Tipo
Procedimiento