Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos: Alta o Renovación

Denominación
Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos: Alta o Renovación
Descripción

Solicitud del alta o renovación de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, la tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos, por las personas residentes en Santa Cruz de Tenerife o que vayan a permanecer en la ciudad al menos tres meses, así como los comerciantes o los adiestradores de estos animales instalados en dicho término municipal, requerirá la previa obtención de una licencia administrativa otorgada por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

Destinatarios
  • Tenedor/a de un animal potencialmente peligroso, residente en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
  • Persona que realiza actividad de comercio o adiestramiento en este municipio
Requisitos
  • Artículo 3 de la Ley 50/99 de  23 de diciembre sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Artículo 22 de la Ordenanza Municipal sobre  Protección y Tenencia de Animales de Santa Cruz de Tenerife.
  • Artículo 3 del R.D. 287/2002 de 22 de marzo por el que se desarrolla la Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

 

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

Todo el año

Documentación
  • Solicitud
  • Fotocopia del DNI, NIE, Pasaporte
  • Fotografía tamaño carnet del/de la solicitante.
  • Original o copia compulsada  del Certificado de capacidad física y aptitud psicológica expedido por centro de reconocimiento autorizado o técnico facultativo, médico y psicólogo; de  acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 2272/1985, de 4 de diciembre, por el que se determinan las aptitudes psicofísicas y adecuaciones necesarias que deben poseer los titulares para la tenencia  de animales potencialmente peligrosos.
  • Fotocopia compulsada de acreditación de disponer de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros causados por animales cuya cuantía sea igual o superior a 200.000€ (recibo y cláusulas).
  • Documento del Registro de Antecedentes Penales.
  • Acreditación del abono de la tasa respectiva por importe de 23.60 €
  • Certificación expedida por el Gobierno de Canarias, de no haber sido sancionado/a por infracciones graves y muy graves con algunas de las sanciones accesorias de las previstas en el artículo 13.3 de la Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos (confiscación, decomiso, esterilización o sacrificio de los animales potencialmente peligrosos, la clausura del establecimiento y la suspensión definitiva de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos o la suspensión temporal o definitiva del certificado de capacitación de adiestrador), con la salvedad de la suspensión temporal de la licencia para la tenencia de animal potencialmente peligroso.

En caso de actuar mediante representante:

Tasas

23,60 euros

Información

Servicio 010 de atención telefónica

922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Concejalía de Gobierno del Área de Sostenibilidad Ambiental y Servicios Públicos

Plazo de Resolución

Tres meses

Efectos del Silencio

Estimatorio

Normativa
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 4. Tramitación electrónica
Unidad Tramitadora

Servicio Administrativo de Sostenibilidad Ambiental y Servicios Públicos

Tema
Tenencia animales
Tipo
Procedimiento