Uso de instalaciones deportivas con fines publicitarios
Uso y contratación de espacios publicitarios en las instalaciones deportivas municipales
Organizadores de actividades y eventos, clubes, empresas y demás entidades que deseen disponer del uso de espacios publicitarios en las instalaciones deportivas
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Presencial
Para usos puntuales:
- Conjuntamente con la solicitud de organización de un evento o actividad deportiva o uso no deportivo de la instalación
Para usos habituales:
- Por parte de los clubes deportivos del municipio (exclusivamente durante competiciones), cinco días hábiles a la fecha de competición
- Para espacios contratados por el Organismo Autónomo de Deportes, lo que al respecto se establezca en el pliego de condiciones que regula la contratación
- Solicitud
- Para los contratos adjudicados por el Organismo Autónomo de Deportes, la regulada en el pliego de condiciones jurídico económica administrativas que han de regir los contratos publicitarios
- Para los organizadores de actividades y eventos deportivos, la solicitud de uso de la instalación deportiva, acompañada de la documentación adjunta (según procedimiento específico aplicable), así como certificación de la relación de anunciantes y características
- Para los clubes y entidades deportivas, la solicitud de uso de la instalación deportiva acompañada de la documentación adjunta (según procedimiento específico aplicable), así como certificación de la relación de anunciantes y características
Ordenanza en vigor
- Espacio publicitario interior (1 ó 2 instalaciones) hasta 25 m2, 0,55 €/m2 y día. De más de 25 m2, 0,37 €/m2 y día
- Espacio publicitario orientación exterior (1 ó 2 instalaciones) hasta 25 m2, 0,79 €/m2 y día. De más de 25 m2, 0,55 €/m2 y día
- Espacio publicitario interior (3 ó más instalaciones) hasta 25 m2, 0,37 €/m2 y día. De más de 25 m2, 0,31 €/m2 y día
- Espacio publicitario orientación exterior (3 ó más instalaciones) hasta 25 m2, 0,55 €/m2 y día. De más de 25 m2, 0,37 €/m2 y día
Servicio de Deportes
922 609 504 - 922 609 511 - 922 609 523
De lunes a viernes de 8.30 a 14.45 horas
Julio, agosto y septiembre de lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía de Deportes y Calidad de Vida
- Normativa reguladora del uso de las instalaciones deportivas gestionadas y administradas por el Organismo Autónomo de Deportes de Santa Cruz de Tenerife
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos
- Pliego de condiciones jurídico económicas administrativas particulares que rigen los contratos publicitarios del Organismo Autónomo de Deportes
- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
Cuando se trate de uso de espacios publicitarios no contratados por el Organismo Autónomo de Deportes, sólo se permitirá la utilización de soportes tipo "foam" o similar.
Servicio de Deportes y Calidad de Vida