Alegaciones contra las sanciones impuestas por venta y consumo de bebidas alcohólicas
Presentación de alegaciones contra las sanciones impuestas por la comisión de infracciones en materia de venta y consumo de bebidas alcohólicas en los supuestos no permitidos. Supuestos en los que no se permite la venta ni el consumo de alcohol.
Las personas sancionadas por la comisión de las infracciones previstas en el apartado anterior
Presencial:
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa - Edificio de Seguridad Ciudadana
Avda. Tres de Mayo, 79 bajo
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Julio, agosto y septiembre de lunes a viernes de 8.30 a 13.00 horas
Solicitar cita previa
Telemática:
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Telefónica:
- Vía fax: 922 606 318 (previa confirmación telefónica)
- 15 días para presentar alegaciones contra la denuncia
- 15 días para presentar alegaciones contra la propuesta de resolución
- Un mes para interponer recurso potestativo de reposición contra la resolución sancionadora
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad
El plazo para dictar la resolución sancionadora es de seis meses, a contar desde la fecha en que se inicie el procedimiento
Desestimatorio
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto. Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora
- Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre Prevención, Asistencia e Inserción Social en materia de Drogodependencia
- De forma supletoria, las restantes normas del Ordenamiento Jurídico Administrativo
Las sanciones por este tipo de infracciones no están sujetas a ninguna bonificación, con independencia del momento en que se realice su pago.
El plazo de prescripción de las infracciones será de seis meses para las infracciones leves, dos años para las infracciones graves y tres años para las muy graves y comenzará a contar el plazo desde el día en que la infracción se hubiera cometido.
El plazo de caducidad es de seis meses a contar desde la fecha en que se inicia el procedimiento.
Servicio de Seguridad Ciudadana y Emergencias