Celebración de matrimonio civil

Denominación
Celebración de matrimonio civil
Descripción

Celebración, ante un miembro de la corporación municipal de una unión matrimonial en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

Destinatarios

Será requisito indispensable que al menos una de las personas interesadas en contraer matrimonio se encuentre en situación de alta en el padrón de este municipio.

Las ceremonias habitualmente se llevan a cabo en el Salón de Sesiones del Palacio Municipal, los viernes a las 18, 19 y 20 horas, y siempre que no interfieran la celebración de actos municipales, quedando excluidos los últimos viernes de cada mes en que se celebran las sesiones plenarias, y los meses de agosto y diciembre declarados inhábiles a tal fin (se reanudan a partir del 15 de septiembre y del 15 de enero).

Medios de Presentación
  1. El expediente será tramitado exclusivamente por el Registro Civil correspondiente.
  2. Una vez iniciado se debe escribir al Gabinete de Protocolo para remitir el auto de inicio proporcionado por el Registro Civil y solicitar fecha y hora a
  3. A la recepción del mismo dicho gabinete enviará a las personas interesadas las presentes normas para que sean aceptadas y remitidas al correo anteriormente citado juntamente con los DNI de las personas que van a contraer matrimonio y los DNI de las personas que actuarán como testigos (estas últimos serán dos, mayores de edad y quienes les acompañarán en la entrada al salón de plenos y permanecerán sentadas junto a las personas contrayentes durante todo el desarrollo de la ceremonia).
Documentación
  • DNI de las personas que van a contraer matrimonio
  • DNI de las personas que actuarán como testigos (estas últimos serán dos, mayores de edad y quienes les acompañarán en la entrada al salón de plenos y permanecerán sentadas junto a las personas contrayentes durante todo el desarrollo de la ceremonia).
Tasas

No procede

Información

Gabinete de Protocolo
Correo electrónico:

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Gabinete de Protocolo

Plazo de Resolución

Depende del Registro Civil

Normativa
  • Ley 35/1994, de 23 de diciembre, de modificación del Código Civil en materia de Autorización del Matrimonio Civil por los Alcaldes
  • Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 1. Información
Observaciones

NORMAS

Momentos antes de la ceremonia, las personas contrayentes y las dos que actúen como testigos (padrinos/madrinas) pasarán a una sala anexa al Salón de Plenos, donde se comprobarán las actas que se firmarán posteriormente, explicándoles en ese momento el desarrollo de la misma para iniciar seguidamente el cortejo de entrada al Salón.

En base a la igualdad de actuación de la Administración Pública para con toda la ciudadanía y en cuanto a la celebración en sí de la ceremonia, se establece lo siguiente:

  • Se iluminará el interior y exterior de Palacio Municipal.
  • Se colocará una alfombra roja desde el interior del Salón de Plenos hasta la calle.
  • Se pondrá música durante la ceremonia en la entrada, durante la firma y en la salida (la misma para todas las ceremonias), no permitiéndose ningún otro tipo de actuación musical, ni dentro ni fuera del Ayuntamiento.
  • Se permitirá a las parejas que lo deseen, traer flores (siempre 2 centros), que serán ubicados a ambos lados de la mesa presidencial.
  • Atendiendo a normas de decoro, no está permitida la entrada al Palacio Municipal en pantalón corto.

En evitación de accidentes y atendiendo al carácter institucional del lugar donde se efectúa la ceremonia, SE PROHIBE TERMINANTEMENTE, arrojar arroz, pétalos de flores, pompas de jabón, globos, bengalas, confetis, globos o cualquier otro elemento que pueda entorpecer o menoscabar el normal desarrollo de la ceremonia, tanto en el interior como en el exterior del Palacio Municipal.

A fin de facilitar el acceso a contrayentes y testigos, se les reservará dos plazas de aparcamiento en el exterior del Palacio Municipal. Podrá hacerse uso durante la ceremonia de cámaras fotográficas y de vídeo, en los lugares que se determine para ello.

Al finalizar la ceremonia se les entregará a las personas que contraen matrimonio copia del acta firmada, para que puedan retirar el libro de familia en el Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife. En caso de que, por alguna razón, no se celebre el matrimonio proyectado, debe comunicarse con antelación a Protocolo por escrito a protocolo@santacruzdetenerife.es. Las personas abajo firmantes se comprometen a aceptar y acatar todas y cada una de las normas que en este documento se establecen. Y en prueba de conformidad, firman su asentimiento.

Unidad Tramitadora

Gabinete de Protocolo

Tema
Protocolo
Tipo
Procedimiento