Prestaciones Económicas de Asistencia Social PEAS
Las prestaciones económicas de asistencia social (PEAS), son ayudas no periódicas, destinadas a las personas físicas de escasos recursos económicos con el fin de atender concretas situaciones de necesidad o emergencia.
Con estas ayudas se pretende apoyar a aquellas personas y familias que carecen de recursos económicos para afrontar necesidades esenciales relacionadas con la alimentación, la higiene, el vestido, suministros básicos, alojamiento, equipamiento básico del hogar, transporte, prótesis, etc., evitando con ello las consecuencias físicas, psíquicas y sociales que la carencia de recursos económicos suficientes provoca y que afectan al normal desenvolvimiento de las personas en sociedad, colocándolas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla
Personas que carezcan de medios económicos suficientes
- Estar empadronados y ser residentes en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
- No contar con recursos económicos suficientes para afrontar el gasto o cubrir la necesidad objeto de la ayuda solicitada, de acuerdo con la valoración técnica dictaminada por los/las Trabajadores/as Sociales del IMAS
- Tener valorada la situación de necesidad e idoneidad social para la prestación solicitada por el/la trabajador/a Social municipal
Presencial
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Puede solicitar cita previa - Instituto Municipal de Atención Social IMAS
Telemático
- Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Todo el año
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la documentación requerida, en cada caso. Esta solicitud deberá contar con Diligencia de Visado en la que se deje constancia de que la prestación concreta objeto de la solicitud ha sido orientada por el/la citado/a Trabajador/a Social en entrevista previa:
Los/as trabajadores/as sociales, en función a la necesidad de atender y a la vista de la documentación que obre en la historia social y del conocimiento que tengan del caso, podrán requerir alguna de la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad o documento oficial que lo sustituya del solicitante y otros miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de empadronamiento y convivencia
- Libro de familia
- Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de vida laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, de cada uno de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años
- Declaración de la renta o en su defecto, certificado negativo de su presentación correspondiente al último ejercicio, que abarque a todos los miembros de la unidad familiar
- Alta de Tercero para procedimientos de pagos en este Ayuntamiento, del solicitante y/o el endosatario, en el supuesto de pagos por abono indirecto
- Presupuesto o factura proforma del gasto que origine la petición de la ayuda, en los casos que proceda, o factura, si el gasto ya se hubiera realizado
- Prescripción médica emitida por facultativo del Servicio Canario de Salud, en los casos de prestaciones de prótesis u órtesis, así como en su caso, medición correspondiente por profesional competente
- Cualquier otra documentación que atendiendo al objeto o finalidad de la ayuda pueda ser requerida por parte del Organismo Autónomo
En caso de actuar mediante representante, se aportará documentación acreditativa de su identidad y documentación de representación
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Presidencia del Instituto Municipal de Atención Social (IMAS)
Tres meses
Desestimatorio
Las solicitudes de ayudas deberán haber sido orientadas previamente por un/a Trabajador/a Social, por lo que se requiere haber mantenido una entrevista previa
Cita previa de atención social
900 111 333
De lunes a viernes de 8.00 a 14.00 horas
Servicio de Atención Social (IMAS)