Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Áreas de Mujer de organizaciones sindicales

Denominación
Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Áreas de Mujer de organizaciones sindicales
Descripción

El Consejo Municipal de las Mujeres de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como cauce para animar y potenciar la participación de las mujeres en la vida ciudadana y la coordinación en políticas de igualdad de los colectivos que lo integran.

 

Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal de las Mujeres, deben realizar los siguientes trámites y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.

 

Le corresponde una vocalía a las áreas de mujer o igualdad de las organizaciones sindicales con domicilio o sede en el municipio.

Destinatarios

Organizaciones sindicales que tienen reconocida en su estructura  área/secretaría/departamento de mujer o igualdad y que tienen su domicilio o sede en el municipio

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

En el proceso de constitución de 15 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia

En lo sucesivo, en el momento en el que se necesite renovar la vocalía

Documentación
  • Solicitud
  • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de las Mujeres
Tasas

No procede

Información

Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
C/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es

 

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Presidencia del Consejo Municipal de las Mujeres

Normativa
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones

La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal de las Mujeres, tal y como se recoge en el art. 16 relativo a procedimiento de nombramiento de los Estatutos del Consejo.

Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las áreas de mujer de organizaciones sindicales que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las organizaciones sindicales con área de Mujer, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal de las Mujeres; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes (titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.

Unidad Tramitadora

Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud

Tema
CMM (Consejo municipal de las Mujeres) Igualdad
Tipo
Procedimiento