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XX Certamen de Relatos Breves MujeresPremios dirigidos a fomentar, valorar y visibilizar la literatura escrita por mujeres como forma de expresión cultural y artística, e incrementar la presencia de la mujer en la vida cultural y social. Objetivo contenido en el IV Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de Santa Cruz de Tenerife, IV PIOM-2022-2027
Se establece como medio de notificación o publicación del fallo del Jurado en el portal del Ayuntamiento, sin perjuicio de que se pueda comunicar las notificaciones o publicaciones a través de otros cauces de comunicación.
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectiva Sexual, Educación y JuventudC/ Afilarmónica Nifú - Nifá, 3238003 Santa Cruz de TenerifeTfno. 922 606 616Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
El Consejo Municipal de las Mujeres de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como cauce para animar y potenciar la participación de las mujeres en la vida ciudadana y la coordinación en políticas de igualdad de los colectivos que lo integran.Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal de las Mujeres, deben realizar los siguientes trámites y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.Le corresponde una vocalía a cada asociación de mujeres con domicilio en el municipio.
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Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los DistritosOficinas de atención e información ciudadana OAIC Puede solicitar cita previa
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La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal de las Mujeres, tal y como se recoge en el art. 16 relativo a procedimiento de nombramiento de los Estatutos del Consejo.
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los DistritosC/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta38003 Santa Cruz de TenerifeDe lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horasCorreo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
El Consejo Municipal de las Mujeres de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como cauce para animar y potenciar la participación de las mujeres en la vida ciudadana y la coordinación en políticas de igualdad de los colectivos que lo integran.Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal de las Mujeres, deben realizar los siguientes trámites y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.Le corresponde una vocalía a las asociaciones o fundaciones que tengan reconocido en sus fines y objetivos de sus estatutos el compromiso con la igualdad de oportunidades o en su defecto acuerdo del Consejo Rector en los mismos términos
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La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal de las Mujeres, tal y como se recoge en el art. 16 relativo a procedimiento de nombramiento de los Estatutos del Consejo.
Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las asociaciones o fundaciones que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las Asociaciones/Fundaciones, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal de las Mujeres; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes (titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.
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Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
El Consejo Municipal de las Mujeres de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como cauce para animar y potenciar la participación de las mujeres en la vida ciudadana y la coordinación en políticas de igualdad de los colectivos que lo integranLas entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal de las Mujeres, deben realizar los siguientes trámites y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidadLe corresponde una vocalía a las organizaciones sindicales que tienen domicilio o sede en el municipio
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La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal de las Mujeres, tal y como se recoge en el art. 16 relativo a procedimiento de nombramiento de los Estatutos del Consejo.
Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las organizaciones sindicales que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las Organizaciones Sindicales, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal de las Mujeres; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes (titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los DistritosC/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta38003 Santa Cruz de TenerifeDe lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horasCorreo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
El Consejo Municipal LGTBI de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción del reconocimiento y garantía de los derechos de las personas LGTBI y en la prevención y erradicación de la LGTBI fobia, así como cauce para favorecer la participación de las asociaciones de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales en la vida ciudadana y la coordinación en políticas LGTBI de los colectivos que lo integran.Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal LGTBI, deben realizar el trámite correspondiente y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal LGTBI, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.Le corresponde una vocalía a cada asociación LGTBI del municipio o que desarrollen su actividad en el municipio.
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La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal LGTBI, tal y como se recoge en el art. 13 de los Estatutos del Consejo.
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los DistritosC/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta38003 Santa Cruz de TenerifeDe lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horasCorreo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
El Consejo Municipal LGTBI de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción del reconocimiento y garantía de los derechos de las personas LGTBI y en la prevención y erradicación de la LGTBI fobia, así como cauce para favorecer la participación de las asociaciones de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales en la vida ciudadana y la coordinación en políticas LGTBI de los colectivos que lo integran.Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal LGTBI, deben realizar el trámite correspondiente y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal LGTBI, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.Le corresponde una vocalía una persona en representación de las organizaciones sindicales que desarrollen actividades relacionadas con los fines de este Consejo.
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La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal LGTBI, tal y como se recoge en el art. 13 de los Estatutos del Consejo.
Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las organizaciones Sindicales que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las Organizaciones Sindicales, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal LGTBI; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes ( titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los DistritosC/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta38003 Santa Cruz de TenerifeDe lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horasCorreo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
El Consejo Municipal LGTBI de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción del reconocimiento y garantía de los derechos de las personas LGTBI y en la prevención y erradicación de la LGTBI fobia, así como cauce para favorecer la participación de las asociaciones de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales en la vida ciudadana y la coordinación en políticas LGTBI de los colectivos que lo integran.Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal LGTBI, deben realizar el trámite correspondiente y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal LGTBI, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.Le corresponde una vocalía a las asociaciones del municipio o que desarrollen su actividad en el municipio, que tengan reconocido en sus fines y objetivos de sus estatutos el compromiso de garantizar los derechos de las personas LGTBI, así como la prevención y erradicación de la LGTBI fobia o en su defecto acuerdo del Consejo Rector u órgano competente en los mismos términos.
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La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal LGTBI, tal y como se recoge en el art. 13 de los Estatutos del Consejo.
Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las entidades y/o fundaciones que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las Asociaciones, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal LGTBI; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes (titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los DistritosC/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta38003 Santa Cruz de TenerifeDe lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horasCorreo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
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Procedimiento de justificación de las Subvenciones concedidas en el marco de la Convocatoria anual de subvenciones dirigidas a apoyar fomentar y apoyar programas ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el marco de la planificación municipal en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
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La no justificación en los términos previstos en las Bases Específicas o la justificación incorrecta dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas, más el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, conforme al tipo vigente en cada momento.
Detalle de gastos subvencionables en la Base 2.Detalle de procedimiento de justificación en la Base 15 y Base 16.
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y JuventudC/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta38004 Santa Cruz de TenerifeTeléfono 922 606 616Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 ( 010 - para llamadas dentro del municipio)De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Subvenciones dirigidas a apoyar programas y proyectos promovidos y ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el marco de las acciones y objetivos contenidos en la planificación municipal en materia de igualdad, de oportunidades entre mujeres y hombres. (en adelante PIOM).
A los efectos previstos en la CONVOCATORIA 2022, serán objeto de subvención aquellos proyectos que incidan en el desarrollo de alguno de los programas propuestos en las líneas estratégicas previstas en la planificación municipal en materia de igualdad, y que se detallan en el apartado 4.- Objeto, Condiciones y Finalidad, del texto de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022. :
En el ámbito de las Bases que regulan esta convocatoria, no podrán otorgarse subvenciones para proyectos que, total o parcialmente, cuenten ya con financiación municipal.
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Se establece como medio de notificación o publicación el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento sin perjuicio de que se pueda comunicar las notificaciones o publicaciones a través del portal web y/o Sede Electrónica del Ayuntamiento u otros cauces de comunicación.
La propuesta de resolución definitiva se notificará a las interesadas que hayan sido propuestas, para que en el plazo de diez (10) días siguientes a su notificación comuniquen su aceptación. En el caso de que no se acepte dentro del referido plazo quedará sin efecto la subvención propuesta.
25/08/2022. PROPUESTA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LAS SUBVENCIONES EN MATERIA DE IGUALDAD 2022. (plazo para Aceptación Subvención, desde el 26 de agosto y hasta el 8 de septiembre de 2022 (ambos inclusive) descargar.pdf14/07/2022. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LAS SUBVENCIONES EN MATERIA DE IGUALDAD CONVOCATORIA 2022. (plazo de alegaciones y/o reformulación de solicitudes desde el 15 y hasta el 28 de julio de 2022, ambos inclusive) descargar.pdf19/05/2022. Requerimiento de subsanación de solicitudes, (plazo de subsanación desde el 19 de mayo y hasta el 2 de junio de 2022, ambos inclusive) descargar.pdf
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Procedimiento de justificación de las Subvenciones concedidas en el marco de la Convocatoria anual de subvenciones dirigidas a apoyar fomentar y apoyar programas ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el marco de la planificación municipal en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
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La no justificación en los términos previstos en las Bases Específicas o la justificación incorrecta dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas, más el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, conforme al tipo vigente en cada momento.
Detalle de gastos subvencionables en la Base 2.Detalle de procedimiento de justificación en la Base 15 y Base 16.
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y JuventudC/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta38004 Santa Cruz de TenerifeTeléfono 922 606 616Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
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