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Conforme a lo establecido al artículo 3 del Código de Buen Gobierno de este Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobado por el Pleno municipal en sesión ordinaria celebrada el 25 de marzo de 2025, los sujetos obligados que se describen en el mismo deben realizar la adhesión al código de forma expresa e individual, a través de una declaración, que quedará custodiada en el Servicio con competencias en Gobierno Abierto.La adhesión individual al Código implica la asunción del deber y obligación plena de mantener en todo caso unas conductas y comportamientos acordes con el contenido expreso, la intención y el espíritu de los principios y conductas establecidas en el Código. Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital o DNI electrónico Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Telemático Registro electrónico  Necesario certificado o dni electrónico Necesario certificado o dni electrónico Servicio de Organización y Gobierno AbiertoTfno 922 606 620 Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es Servicio 010 de atención telefónica 922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Constituye el hecho imponible del impuesto sobre bienes inmuebles la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales:a) De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos.b) De un derecho real de superficie.c) De un derecho real de usufructo.d) Del derecho de propiedad. 2. La realización del hecho imponible que corresponda de entre los definidos en el apartado anterior por el orden en él establecido determinará la no sujeción del inmueble a las restantes modalidades en el mismo previstas.  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Solicitud de modificación de datos relativos a la tasa de la basura para viviendas y para negocios cuando se produzca cualquier alteración de orden físico, jurídico o económico que tenga relevancia en la determinación de la cuota de la Tasa.Se considera modificación de datos, entre otros, el cambio de titularidad del inmueble  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve En el caso de cambio de titularidad por compra-venta u otro motivo, habrá que abonar por parte del antiguo titular la cuota anual íntegra de la tasa, no pudiendo ser prorrateada  Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Conforme a lo establecido al artículo 9 del Código de Buen Gobierno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobado por el Pleno municipal en sesión ordinaria celebrada el 25 de marzo de 2025, en relación a las muestras de cortesía y atenciones protocolarias, regalos y dádivas, se admite que los sujetos sometidos al Código únicamente pueden recibir obsequios o atenciones que no sobrepasen los usos y costumbres de la simple cortesía por parte de entidades o personas, y siempre y cuando el valor del obsequio o la atención no exceda de 100 €.El mencionado artículo impone a los sujetos sometidos al Código la obligación de remitir información de lo recibido y su procedencia a los efectos de que sea incluida en el Registro de atenciones protocolarias. Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Información Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
A los efectos de proceder al alta en el Padrón de IVTM en el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, es requisito imprescindible haber solicitado y obtenido el alta del vehículo en el municipio de Santa Cruz de Tenerife ante la Jefatura Provincial de Tráfico  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve La Dirección General de Tráfico comunica, mensualmente, al Ayuntamiento las altas/bajas/cambios de titularidad Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Comunicación del alta en la prestación de los servicios públicos de recogida de residuos urbanos por inicio de actividad económica  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve La tasa se devenga el primer día del período impositivo y será prorrateable por trimestres naturales en los términos señalados en los apartados 3 y 4 del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Gestión de residuos sólidos urbanos. El período impositivo comienza el día en que se inició la actividad económica.Tarifas: Cuota mínima: 20,96 €Cuota variable: dependerá de la superficie y del tipo de actividad económica a que se dedique el inmueble afecto. Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Comunicación del alta en la prestación de los servicios públicos de recogida, transporte, almacenamiento, valorización y eliminación de residuos urbanos.Solicitar el alta en la prestación de los servicios públicos de recogida de residuos urbanos de Inmuebles destinados a vivienda.La Tasa se devenga el primer día del período impositivo que coincide con el año natural. No obstante lo anterior, será de aplicación la siguiente regla especial:En los supuestos de primera ocupación de la vivienda, cuando resulte probada la ocupación de la vivienda, otorgada concesión de la licencia de habitabilidad, formalización de la escritura pública de compraventa, o cualquier otro documento traslativo de dominio, en cuyo caso, el período impositivo comenzará el día en que se produzca alguna de tales circunstancias.  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve La tasa se devenga el primer día del período impositivo que coincide con el año natural y será prorrateable por trimestres naturales en los términos señalados en los apartados 3 y 4 del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Gestión de residuos sólidos urbanos. Tarifa para inmuebles destinados a vivienda: 77,95€Tarifa para el supuesto de Bonificación porque no se preste el servicio a pie de vivienda, y sea en contenedor zonal a más de 200mt (especificado en el callejero de la O. fiscal): 38,97 €Tarifa para el supuesto de Bonificación por incapacidad económica: 38,97 €Tarifa para el supuesto de Bonificación por familia numerosa de clase especial: 38,97€ Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Comunicación de baja en la realización de actividades económicas en el municipio de Santa Cruz de Tenerife  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Para obtener el prorrateo en la cuota (emisión de recibo únicamente por los trimestres que corresponden abonar) será necesario solicitar el recibo prorrateado dentro de los plazos previstos en la Ordenanza Fiscal General de gestión, inspección y recaudación, en lo que se refiere a la «Presentación de declaraciones de alta, baja y modificación», este es, un mes desde la finalización del período de información pública de la Matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio correspondiente. En caso de no haber solicitado el recibo prorrateado en el plazo legalmente establecido, será necesario abonar previamente el recibo íntegro y solicitar posteriormente la devolución de la parte proporcional. Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
A los efectos de proceder a la baja en el Padrón de IVTM en el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, es requisito imprescindible haber solicitado y obtenido la baja del vehículo ante la Jefatura Provincial de Tráfico.El IVTM se devengará anualmente, con efectos desde el 1 de enero de cada año y le corresponderá el abono del recibo a quién figure como titular del mismo a esa fecha.El período impositivo coincide con el año natural, siendo de aplicación las siguientes reglas:- Baja definitiva del vehículo o baja temporal por sustracción o robo del vehículo: Procederá el prorrateo de la cuota del impuesto por trimestres naturales cuando sea posible o, en caso de haber abonado el ejercicio completo, a solicitar la devolución de ingresos debidos (por prorrateo)En los demás supuestos de baja: No procede el prorrateo de la cuota del impuesto  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve La Dirección General de Tráfico comunica, mensualmente, al Ayuntamiento las altas/bajas/cambios de titularidad Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

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