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Procedimiento de Inspección:
La inspección de vehículo de alquiler con aparato taxímetro se realizará en la fecha y hora solicitada y confirmada en la dirección:Sede Municipal. Calle Elías Bacallado 2B. Ofra.38010 Santa Cruz de Tenerife.
La inspección sanitaria y técnica del vehículo se realizará siguiendo el siguiente procedimiento:
Inspección sanitaria del vehículo.En caso de inspección sanitaria DESFAVORABLE se concederá un plazo máximo de un mes para subsanar las deficiencias detectadas entregando copia del acta al titular del vehículo taxi.En caso de inspección sanitaria FAVORABLE, se hace entrega del acta de inspección sanitaria y se procede a la realización de la inspección técnicaInspección técnica de vehículo.En caso de inspección técnica DESFAVORABLE, se concede un plazo variable, en función de la deficiencia detectada, para la subsanación de la misma.En caso de inspección técnica FAVORABLE se entrega el “Reconocimiento anual de vehículo auto-taxi”.
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1. El procedimiento de inspección tendrá por objeto comprobar e investigar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias y en el mismo se procederá, en su caso, a la regularización de la situación tributaria del obligado mediante la práctica de una o varias liquidaciones.2. La comprobación tendrá por objeto los actos, elementos y valoraciones consignados por los obligados tributarios en sus declaraciones.3. La investigación tendrá por objeto descubrir la existencia, en su caso, de hechos con relevancia tributaria no declarados o declarados incorrectamente por los obligados tributarios.
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Procedimiento que se inicia excusivamente de oficio
Presentación de la documentación justificativa de la subvención de referencia:
Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.Resolución/ certificación del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente de la persona física o de la persona administradora actualizado a la fecha de presentación de la justificación.En caso de solicitantes que se encuentren en el supuesto que recoge la Base 5.1, e) párrafo 4ª en relación a la Base 9.5, deberán aportar la resolución del Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que autoriza el fraccionamiento o aplazamiento de la deuda.
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correcto
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Seleccione la unidad de contratación a la que dirige la oferta:
Administración InternaAtención a la CiudadaníaContrataciónControl FinancieroDeportes y Calidad de VidaDistrito AnagaDistrito Centro-IfaraDistrito Ofra-Costa SurDistrito Salud-La SalleDistrito SuroesteFiscalizaciónFundación Canaria Santa Cruz SostenibleGestión PresupuestariaGestión TributariaInstituto Municipal de Atención SocialMovilidad y Accesibilidad UniversalOMICOrganismo Autónomo de CulturaFiestas de Santa Cruz de Tenerife Entidad Pública Empresarial Local y Medio PropioOrganización y Gobierno AbiertoParticipación CiudadanaPatrimonioPlanificación Estratégica y Promoción EconómicaPoblación y Demarcación TerritorialProyectos Urbanos, Infraestructuras y ObrasRecaudaciónRecursos HumanosSecretaría General del PlenoSeguridad Ciudadana y EmergenciaServicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y JuventudSoporte a Presidencia y DistritosSostenibilidad Ambiental y Servicios PúblicosTecnología
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Inclusión en el orden del día del Pleno del Distrito de proposición/es en materia/s de competencia local, pudiendo presentarse hasta un máximo de tres proposiciones por sesión
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TRAMITAR Propuestas/ preguntas al Tagoror de:
Distrito Centro - IfaraDistrito Ofra Costa - SurDistrito Salud - La SalleDistrito SuroesteDistrito Anaga
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Cuando se aporte la escritura de aceptación de herencia adjuntar a la solucitud de liquidación del impuesto la copia de la solicitud de prórroga presentada anteriormente
Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
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Recurso para impugnar los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos y demás ingresos de derecho público (tasas, contribuciones especiales, impuestos, recargos y sanciones tributarias), así como las resoluciones en vía ejecutiva de las multas y precios públicos dictados por órganos y unidades administrativas del Ayuntamiento
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Cumplimente impreso de solicitud en formato pdf y adjunte junto a la documentación al registrar
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¿Se puede presentar directamente una reclamación económico-administrativa, sin previo recurso de reposición?
Sí.El recurso de reposición se podrá interponer ante el órgano que dictó el acto impugnado de forma potestativa, con carácter previo a la reclamación económico-administrativa. Será inadmisible la reclamación presentada simultáneamente al recurso potestativo de reposición. Si se interpone dicho recurso, no se puede presentar la reclamación mientras el recurso no haya sido resuelto de forma expresa o no pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
¿Es obligatorio presentar una reclamación Económico-Administrativa antes de acudir a la vía Contencioso administrativa?
Sí es obligatorio.Las resoluciones dictadas por el Tribunal Económico-Administrativo ponen fin a la vía administrativa y contra ellas se podrá interponer directamente el recurso contencioso-administrativo
¿Todas las reclamaciones se tramitan de la misma forma?
No. Hay dos tipos de procedimientos dependiendo principalmente de la cuantía de la reclamación:El Procedimiento Abreviado cuando el importe de la Reclamación sea por cuantía inferior a 6.000 Euros.El Procedimiento General cuando el importe de la Reclamación sea por cuantía superior a 6.000 Euros.
Si la Reclamación se refiere a una única deuda que es objeto de impugnación, la cuantía será la suma de la obligación principal, más los intereses de demora, así como los recargos que procedan. Si la Reclamación se refiere a varias deudas, la cuantía vendrá determinada por la deuda de mayor cuantía más los intereses de demora y recargos que procedan.
¿La interposición de una reclamación económico administrativa suspende la deuda?
Con carácter general, No suspende la ejecución del acto impugnado. Para solicitar la suspensión de la deuda, consulte el procedimiento “Solicitud de suspensión en vía económico administrativa” .
TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVOC/Elías Bacallado 2-A, Ofra-Costa Sur38010 S/C DE TENERIFETeléfono: 657 039 406
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Artículo 14 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas LocalesSon impugnables, mediante el recurso de reposición, todos los actos dictados por las entidades locales en vía de gestión de sus tributos propios y de sus restantes ingresos de derecho público. Lo anterior se entiende sin perjuicio de los supuestos en los que la ley prevé la posibilidad de formular reclamaciones económico-administrativas contra actos dictados en vía de gestión de los tributos locales; en tales casos, cuando los actos hayan sido dictados por una entidad local, el presente recurso de reposición será previo a la reclamación económico-administrativa.Artículo 71. De la Ordenanza Fiscal General de gestión, recaudación e inspección.Medios de revisión. 1. Los actos sobre aplicación de los tributos locales y, en su caso, de los restantes ingresos de derecho público, así como los actos de imposición de sanciones tributarias podrán revisarse mediante: a) Los procedimientos especiales de revisión. b) El recurso de reposición. c) Las reclamaciones económico-administrativas ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.Este recurso de es potestativo a la vía económica administrativa.
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Suspensión del acto impugnado.
La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos liquidados, intereses y recargos. Puede suspender o pedir aplazamiento o fraccionamiento.
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Los/las propietarios/as o poseedores de animales de compañía están obligados a inscribirlos en el Registro Censal de Animales del Ayuntamiento, así como notificar la baja, la cesión o el cambio de residencia del animal y cualquier otra modificación de los datos que figuren en este censo. Así mismo, se deberá comunicar la sustracción o pérdida del animal.Nota: si el animal consta censado en ZOOCAN (Registro Canario de Identificación Animal), con la información actualizada, no es necesario realizar este trámite.
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