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Declaración de liquidación de plusvalía
 Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Información sobre el cálculo de la cuota tributaria del impuesto Bonificación por mortis causa Se aplicará de oficio siempre y cuando la declaración haya sido presentada en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento del causante o 1 año si se solicitó prórroga (trámite prórroga del plazo para declarar plusvalía) antes de que finalizara ese plazo de 6 meses El importe de la bonificación dependerá de la fecha de fallecimiento del causante, (relacionado con la vigencia de la Ordenanza Fiscal correspondiente), siendo el porcentaje el siguiente: Fallecimientos sucedidos desde el 29 de diciembre de 2018: 95%  Destinatarios/as: Los sujetos pasivos que sean cónyuges, ascendientes o adoptantes así como descendientes y adoptados, en los supuestos de tributación por transmisiones de terrenos y transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte. A los efectos de la concesión de esta bonificación se entenderá exclusivamente por descendiente o ascendiente aquellas personas que tienen un vínculo de parentesco por consanguinidad de un grado en línea recta conforme a las reglas que se contienen en los artículos 915 y siguiente del Código Civil Dicha bonificación se aplicará de oficio y sólo se concederá esta bonificación cuando el sujeto pasivo haya presentado voluntariamente y no como consecuencia de un requerimiento de esta Administración la declaración de haberse realizado el hecho imponible a que se refiere el artículo 10 de esta Ordenanza, siendo imprescindible para disfrutar de este beneficio fiscal que la misma se haya efectuado dentro de los plazos indicados en dicho artículo Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
El Consejo Municipal de las Mujeres de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como cauce para animar y potenciar la participación de las mujeres en la vida ciudadana y la coordinación en políticas de igualdad de los colectivos que lo integran. Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal de las Mujeres, deben realizar los siguientes trámites y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad. Le corresponde una vocalía a las áreas de mujer o igualdad de las organizaciones sindicales con domicilio o sede en el municipio. Presencial Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos Oficinas de atención e información ciudadana OAIC   Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónico Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal de las Mujeres, tal y como se recoge en el art. 16 relativo a procedimiento de nombramiento de los Estatutos del Consejo. Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las áreas de mujer de organizaciones sindicales que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las organizaciones sindicales con área de Mujer, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal de las Mujeres; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes (titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos. Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos C/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta 38003 Santa Cruz de Tenerife De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es Servicio 010 de atención telefónica 922 606 010 - 010 De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
La administración tributaria devolverá las cantidades que procedan de acuerdo con lo previsto en la normativa de cada tributo. Son devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo las correspondientes a cantidades ingresadas o soportadas debidamente como consecuencia de la aplicación del tributo  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC   Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónico Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve   Impuestos a los que se aplica:  Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica Impuesto sobre actividades económicas Tasa de recogida de residuos sólidos (negocios) Tasa de recogida de residuos sólidos (vivienda) Servicio 010 de atención telefónica 922 606 010 - 010 De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas   Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Devolución de ingresos indebidos
La Administración tributaria devolverá a los obligados tributarios, a los sujetos infractores o a los sucesores de unos y otros, los ingresos que indebidamente se hubieran realizado en el Tesoro Público con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias o del pago de sanciones, conforme a lo establecido en el artículo 221 de esta ley  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Impuestos a los que se aplica: Impuesto sobre Bienes InmueblesImpuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza UrbanaTasa de Recogida de Residuos Sólidos (Vivienda)Impuesto sobre Vehículos de Tracción MecánicaImpuesto sobre Actividades EconómicasTasa de Recogida de Residuos Sólidos (Negocios)Otras Tasas Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Conforme al artículo 6 de la Ordenanza fiscal general de gestión, inspección y recaudación.Cuando se trate de tributos periódicos gestionados mediante padrón o matrícula, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), para que la solicitud de división produzca efectos deberá presentarse en el plazo establecido en la respectiva ordenanza para la presentación de las preceptivas declaraciones de alta o modificación. No tratándose de supuestos de alta en el correspondiente padrón o matrícula, la petición de división surtirá efectos a partir del siguiente período impositivo a aquél en que se presentó la solicitud.Con carácter general, la solicitud de división no producirá efectos, cuando tenga como resultado, la emisión de liquidaciones o recibos, con importes inferiores a la cuota mínima establecida en el art. 10 de la Ordenanza Fiscal general. Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horasPodrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Los recibos abonados por domiciliación bancaria tendrán una bonificación del  5% Efectos de la domiciliación: Las domiciliaciones de pago tendrán validez por tiempo indefinido, en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad bancaria o porque este Ayuntamiento disponga expresamente su invalidez por razones justificadasLos pagos se entenderán realizados en la fecha de cargo en cuenta de dicha domiciliación que producirá el día indicado en el anuncio de fechas de inicio y puesta al cobro de los recibos del padrón correspondiente consultar calendario fiscalSe considera justificante de pago el comprobante de cargo en cuenta que, a tal efecto, expida la entidad de depósito donde se encuentre domiciliado el pago Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemática Sede electrónica / Área personal  Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Recuerde que al solicitar la domiciliación la realizará sobre el OBJETO TRIBUTARIO, que son los hechos imponibles (bienes, actividades económicas,...) ¿Cuál es el objeto tributario?  En IBI y basura vivienda= la referencia catastral del inmuebleImpuesto de vehículos= Matrícula vehículoIAE y basura de negocio= La referencia de alta de la actividadVado= Identificador municipal Nota. Estas referencias podría consultarlas en los recibos de años anteriores. Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Solicitud para ejercer los derechos reconocidos por el Reglamento UE 2016/679, General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que comprenden: Derecho de acceso: permite al ciudadano conocer y obtener gratuitamente información sobre sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento. Este derecho es independiente del acceso a la información pública y transparencia, así como el derecho de acceso a la documentación en un procedimiento administrativo cuando se ostenta la condición de interesado.Derecho de rectificación: permite corregir errores, modificar los datos que resulten ser inexactos o incompletos y garantizar la certeza de la información objeto de tratamiento.Derecho de supresión: permite suprimir los datos personales que ya no sean necesarios para la finalidad para la que fueron recogidos o se retire el consentimiento otorgado.Derecho a la limitación de tratamiento: permite limitar el tratamiento de los datos personales cuando el interesado impugne la exactitud de los mismos o que el tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga.Derecho a la portabilidad: permite al ciudadano recibir sus datos personales en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánicaDerecho de oposición: derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo.Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas: pretende garantizar que el ciudadano no sea objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento de sus datos, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos o le afecte significativamente de forma similar.  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónico  Necesario certificado o dni electrónico Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario certificado o dni electrónico Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Mediante el presente procedimiento, la persona interesada podrá manifestar du voluntad de: Ejercitar su derecho a relacionarse electrónicamente con el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en todos los procedimiento en los que ostente la condición de interesado/a.Dejar de ejercitar su derecho a relacionarse electrónicamente con el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en todos los procedimiento en los que ostente la condición de interesado/a. Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Autorización para acceder a información municipal de carácter público conforme establece la legislación vigente Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónicoNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Las deudas por tributos y sanciones que se encuentren en período voluntario o ejecutivo podrán aplazarse o fraccionarse previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico-financiera le impida de forma transitoria, efectuar el pago de los plazos establecidos. Para su concesión se deberá acreditar la situación de falta de liquidez transitoria que imposibilite atender la obligación tributaria en el plazo legalmente establecido y garantizar el pago mediante la constitución de garantía en alguna de las posibilidades previstas. Aplazamiento: Procedimiento que implica un diferimiento del pago total de la deuda, produciéndose una ampliación del plazo en que la misma puede hacerse efectiva.Fraccionamiento: Procedimiento que supone la división temporal del ingreso de la deuda, que asimismo queda diferido, debiéndose realizar cada pago parcial en las fechasCon carácter general, ambos procedimientos generan intereses desde la fecha de finalización del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta la fecha del ingreso del aplazamiento o de cada fracción.Las deudas susceptibles de pago mediante aplazamiento/fraccionamiento son: Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbano, Rústico y de Características Especiales (IBI)Impuestos sobre Actividades Económicas. (IAE)Impuestos Sobre Vehículos de Tracción Mecánica. (IVTM)Impuesto Sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.(Plusvalía)Impuestos sobre Instalaciones Construcciones y Obra. (ICIO)Tasas y sanciones Entre otros supuestos, no serán objeto de aplazamiento o fraccionamiento las siguientes deudas: En periodo voluntario o ejecutivo por importe inferior a 50€.Por sanciones de tráfico en el periodo de pago con reducción.Tasas cuyo pago sea previo al ejercicio de la actividad o la prestación del servicio.Si está en situación de embargo, no puede pedir el fraccionamiento, sino que habrá que esperar a saber la cantidad embargada, puesto que solo se puede fraccionar si queda pendiente alguna parte de la deuda  Presencial Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Telemático Registro electrónico  Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@veEn su  área personal  sólo para deuda de 50 a 6.000 eurosNecesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  Puede solicitar cita previa Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve En su  área personal  Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@veDeuda de 50 a 6.000 euros Para más información sobre la tramitación de fraccionamiento desde el área personal de la sede electrónica puede consultar la siguiente guía y preguntas frecuentes.Puede consultar la siguiente video-guía de como realizar un fraccionaiento desde el área personal, ver video-guía. Servicio 010 de atención telefónica922 606 010 - 010De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

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