Adhesión al Código de Buen Gobierno
| Descripción: |
Conforme a lo establecido al artículo 3 del Código de Buen Gobierno de este Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobado por el Pleno municipal en sesión ordinaria celebrada el 25 de marzo de 2025, los sujetos obligados que se describen en el mismo deben realizar la adhesión al código de forma expresa e individual, a través de una declaración, que quedará custodiada en el Servicio con competencias en Gobierno Abierto. |
| Destinatarios: |
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| Tramitación: |
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Tramitar
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| Plazos y avisos: |
Importante: Plazo de presentación todo el año, en todo caso, tras el nombramiento o designación del sujeto obligado. |
| Información: |
Servicio 010 de atención telefónica |
| Tasas: |
No procede |
| Requisitos: |
Conforme lo establecido en el artículo 3 del Código de Bueno Gobierno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, la adhesión debe ser expresa e individual y se formalizará a través de una declaración que acompañará a cualquier nuevo nombramiento o designación. |
| Normativa: |
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| Unidad tramitadora: |
Servicio de Organización y Gobierno Abierto |
| Tipo: |
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| Materia: |
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| Tipología: |
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| Nivel de administración electrónica: |
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas