Subvenciones en materia de igualdad 2024: Justificación
| Descripción: |
Procedimiento de justificación de las Subvenciones concedidas en el marco de la Convocatoria anual de subvenciones dirigidas a apoyar y fomentar programas ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el marco de la planificación municipal en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. |
| Destinatarios: |
Entidades sin ánimo lucro, beneficiarias de las Subvenciones en materia de Igualdad. |
| Tramitación: |
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Tramitar
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| Plazos y avisos: |
El plazo para la presentación de la justificación de las subvenciones concedidas en la Convocatoria anual de las subvenciones en materia de igualdad, será de UN (1) MES desde la terminación del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. |
| Documentación requerida: |
MODALIDAD CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA La justificación de la subvención adoptará ordinariamente la modalidad de cuenta justificativa simplificada, y ha de contener la siguiente información:
MODALIDAD CUENTA JUSTIFICATIVA CON APORTACIÓN DE JUSTIFICANTES DE GASTOS Una vez seleccionadas las cuentas justificativas a revisar, de conformidad con lo establecido en la Base 16, se requerirá a las Entidades la presentación de la documentación a que se refieren los apartados 1 y 2 del Artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, incluidos los justificantes de gasto. A dichos efectos, los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, con las siguientes condiciones:
2.5.- No obstante, se podrá reducir la información a incorporar en la memoria económica a que se refiere el apartado 2 del artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con aportación de informe de auditor siempre que, de conformidad con el artículo 74 del referido Reglamento;
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| Información: |
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud Servicio 010 de atención telefónica |
| Tasas: |
No procede |
| Normativa: |
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| Observaciones: |
La no justificación en los términos previstos en las Bases Específicas o la justificación incorrecta dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas, más el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, conforme al tipo vigente en cada momento. Detalle de gastos subvencionables en la Base 2. |
| Unidad tramitadora: |
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud |
| Órgano de resolución: |
Junta de Gobierno de la Ciudad |
| Plazo de resolución: |
No determinado |
| Efectos del silencio: |
No aplicable |
| Trámites relacionados: | |
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| Materia: |
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| Tipología: |
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| Nivel de administración electrónica: |
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas