Subvención para adaptación del taxi para la prestación de servicio a personas con movilidad reducida 2024

Descripción:

Esta línea de subvención pretende compensar a los beneficiarios por los gastos en que hayan incurrido para adaptar sus vehículos, conforme a los requisitos técnicos previstos en la legislación vigente y en la Ordenanza municipal. Resaltando que existe un importante factor que desincentiva a los titulares de licencia a la prestación del servicio que se pretende impulsar: el coste de la adaptación del vehículo. Se estima que los trabajos de adaptación a los que se deben someter a los vehículos para garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas recogidas en el artículo 19 de la Ordenanza municipal, tienen un coste de 10.000 €. Esta línea de subvención pretende contribuir a sufragar los costes derivados de los referidos trabajos de adaptación.

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Destinatarios:

Profesionales del taxi que prestan el servicio con taxis adaptados en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife

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Tramitación:
Telemático
Registro electrónico

Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve

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Presencial
Presencial

Oficinas de atención e información ciudadana OAIC  
Será necesario solicitar cita previa

Plazos y avisos:

Plazo presentación de solicitudes desde el 22 de julio hasta el 9 de agosto de 2024 (ambos inclusive)

Documentación requerida:
  • Anexo I. Solicitud subvención
  • Anexo II. Declaración responsable de no estar incurso en las causas de exclusión previstas en la Base 2 así como cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En la Convocatoria correspondiente se podrá adjuntar modelo normalizado de esta declaración responsable.
  • Anexo III. Compromiso de continuar ejerciendo la actividad de fomento del taxi adaptado de forma ininterrumpida hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Copia del permiso de circulación del vehículo que se pretende adaptar

En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:

  • Poder notarial
  • Designación de persona representante mediante APUD ACTA, en virtud de la cual se confiere la capacidad de representación a una persona física. Ver trámite

En caso de presentación presencial como presentador:

  •  Autorización para actuar como presentador de documentos en las oficinas de asistencia en materia de registro  formulario de autorización
Información:

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Tasas:

No procede

Requisitos:

Los establecidos en las Bases reguladoras que han de regir el procedimiento de otorgamiento de la subvención

Normativa:
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS)
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RLGS)
  • Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 146, de 5 de septiembre de 2005, modificada parcialmente por acuerdo del Pleno de fecha 25 de febrero de 2011 (publicación de aprobación definitiva en BOP nº 94, de 10 de junio de 2011).
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
  • Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
  • Bases y convocatoria. BOP nº 87/2024 de 19 de julio
Observaciones:
Unidad tramitadora:

Servicio de Movilidad y Accesibilidad Universal

Órgano de resolución:

Concejalía Delegada con competencias en materia de Movilidad y Accesibilidad Universal (Por Delegación de la Junta de Gobierno Local, de fecha 15 de julio de 2024)

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, computados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud, sin perjuicio de la obligación de resolver conforme al artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución que se adopte pondrá fin a la vía administrativa.

Efectos del silencio:

Negativo

Tipo:
  • Subvenciones
Materia:
  • Taxi
Tipología:
  • Procedimiento
Nivel de administración electrónica:
  • Nivel 4: Tramitación electrónica
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
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