Subvenciones a Entidades Ciudadanas 2023: Justificación

Descripción:

Justificación de la subvención a entidades ciudadanas para colaborar en la financiación de sus gastos de funcionamiento en la edición 2023

ver más
Destinatarios:
  • Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades
  • Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades
ver más
Tramitación:
Telemático
Registro electrónico

Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve

Tramitar audiencia
Plazos y avisos:
  • 28/05/2026. Anuncio de justificación e incoación del plazo de AUDIENCIA a las entidades que no han cumplido sus obligaciones en materia de justificación de la subvención. Anuncio 
    Plazo de audiencia: desde el 29 de mayo al 18 de junio de 2026, ambos inclusive.
  • 27/02/2026. Anuncio de requerimiento de subsanación de la documentación justificativa  Anuncio 
    Plazo de subsanación: desde el 2 de marzo hasta el 13 de marzo de 2026, ambos inclusive.
  • 23/08/2024. Requerimiento de documentación acreditativa de la justificación Anuncio
  • 24/04/2024. Anuncio de Decreto de 23.04.24 de requerimiento de justificación de subvención  Anuncio
  • Plazo: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2024, ambos inclusive

 

Documentación requerida:

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA, esta documentación deberá presentarse del 1 de enero al 31 de marzo de 2024:

  • Cuenta justificativa simplificada para gastos de funcionamiento. ANEXO II

Si en el Anexo II se incluyen gastos derivados de actividad, deberá presentar:

  • Memoria descriptiva de gastos derivados de actividades. ANEXO III

Si en el Anexo II se incluyen gastos derivados de local, debrá presentar:

  • Título habilitante del uso del local social

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL, SOLO DEBERÁN PRESENTARLA LAS ENTIDADES SELECCIONADAS POR SORTEO 
(Las Entidades seleccionadas recibirán el requerimiento de la documentación adicional)

  • Documentación acreditativa de los gastos incluidos en el Anexo II inicialmente remitido (véase, facturas, recibos, etc)
  • Documentación acreditativa del pago de los gastos incluidos en el Anexo II inicialmente remitido, sean movimientos bancarios o declaración responsable de pago en efectivo (puede utilizarse como modelo el siguiente  ANEXO IV
Información:

Servicio de Organización y Gobierno Abierto
Tfno 922 606 620
Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Tasas:

No procede

Requisitos:

Haber percibido la subvención dirigida a entidades ciudadanas para colaborar en sus gastos de funcionamiento correspondiente a la edición de 2023.

Normativa:
Unidad tramitadora:

Servicio de Organización y Gobierno Abierto

Órgano de resolución:

Junta de Gobierno de la Ciudad

Plazo de resolución:

Seis meses

Efectos del silencio:

Desestimatorio

Tipo:
  • Subvenciones
Materia:
  • Participación
Submateria del trámite:
  • Entidades ciudadanas
  • Participación ciudadana
Tipología:
  • Procedimiento
Nivel de administración electrónica:
  • Nivel 4: Tramitación electrónica
Ayuda
Ayuda
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Atención en línea
Mis expedientes
Volver al listado