Cambio de titularidad de licencia de quiosco

En plazo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades

Licencia de quioscos

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Tramitación:
Telemático
Registro electrónico

Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve

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Presencial
Presencial
Documentación requerida:
  • Solicitud
  • Fotocopia compulsada DNI (titular actual)
  • Fotocopia compulsada DNI (nuevo titular)
  • Acreditación del deceso, incapacidad o jubilación del titular actual por parte de sus herederos. En caso de terceros, el contrato de trabajo que demuestre que lleva al menos un año trabajando en el kiosco como ayudante del titular y la renuncia de todos los herederos
  • Renuncia del resto de herederos
  • Libro de familia o documento equivalente
  • DNI de cada heredero/a que renuncia al quiosco
  • Certificado médico (no padecer enfermedad infecto-contagiosa)
  • Declaración jurada de no poseer otra instalación o quiosco en explotación, sea o no en vía pública.
  • Declaración jurada de desempeñar personalmente la actividad solicitada, así como de no ejercer ninguna otra actividad o profesión remunerada

En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:

  • Poder notarial
  • Designación de persona representante mediante APUD ACTA, en virtud de la cual se confiere la capacidad de representación a una persona física. Ver trámite

En caso de presentación presencial como presentador:

  •  Autorización para actuar como presentador de documentos en las oficinas de asistencia en materia de registro  formulario de autorización
Información:

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Tasas:

No procede

Requisitos:

Disponer de una licencia de quioscos

Normativa:
  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (artículos 79 y siguientes)
  • Real Decreto 1372/1986, de 13 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (en los artículos 74 y siguientes)
  • Decreto de 17 de Junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, en relación a los bienes de las Entidades Locales y a las actividades sujetas a licencia (artículos 9 y siguientes)
  • Real Decreto 1372/1986, de 13 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales (artículos 75.1 b, 77)
  • Decreto 17 de junio de 1955, art. 13.2, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, en concordancia con el art. 31 de la Ordenanza Municipal reguladora de la instalación de quioscos en la vía pública, sobre transmisión de licencia.
Unidad tramitadora:

Servicio de Patrimonio

Órgano de resolución:

Concejalía de Gobierno del Área de Gobierno de Hacienda y Patrimonio

Plazo de resolución:

3 meses

Efectos del silencio:

Negativo

Trámites relacionados:
Tipo:
  • Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia:
  • Ocupación dominio público
Tipología:
  • Procedimiento
Nivel de administración electrónica:
  • Nivel 4: Tramitación electrónica
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