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Justificación de Subvenciones destinadas a las personas autónomas y microempresas para minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID-19 o Coronavirus

Denominación
Justificación de Subvenciones destinadas a las personas autónomas y microempresas para minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID-19 o Coronavirus
Descripción

Presentación de la documentación justificativa de la subvención de referencia:

- Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.

- Resolución/ certificación del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente de la persona física o de la persona administradora actualizado a la fecha de presentación de la justificación.

- En caso de solicitantes que se encuentren en el supuesto que recoge la Base 5.1, e) párrafo 4ª en relación a la Base 9.5, deberán aportar la resolución del Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que autoriza el fraccionamiento o aplazamiento de la deuda.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas, como las sociedades mercantiles, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales, independientemente de que las realicen, o no, en régimen de concesión, que motivan el otorgamiento de la subvención; y que cumplan los requisitos que a continuación se indican.

Requisitos
  • Haber resultado beneficiario de la subvención de referencia
  • Haber mantenido la actividad empresarial hasta el 31 de diciembre de 2020.
Medios de Presentación

Telemático

Plazo de Presentación

Hasta el 15 de diciembre de 2021

Documentación
  • Solicitud
  • Modelo de autorización y representación (obligatorio en caso de actuar como representante)
  • Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad. 
  • Resolución/ certificación del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente de la persona física o de la persona administradora actualizado a la fecha de presentación de la justificación.
  • En caso de solicitantes que se encuentren en el supuesto que recoge la Base 5.1, e) párrafo 4ª en relación a la Base 9.5, deberán aportar la resolución del Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que autoriza el fraccionamiento o aplazamiento de la deuda.
Tasas

No procede

Información

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010

De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Junta de Gobierno Local de Santa Cruz de Tenerife.

Plazo de Resolución

El plazo máximo para resolver y notificar no podrá exceder de 6 meses, pero se tenderá a que el procedimiento concluya en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Normativa
  • Acuerdo de modificación de las bases y la convocatoria.
  • Bases y convocatoria de las subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad económica y empleo del municipio como consecuencia de la declaración de alarma acordada mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. (BOP nº 55/2020, de 6 de mayo).
  • Acuerdo de aprobación de bases y convocatoria de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife.
  • Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Unidad Tramitadora

El Servicio competente para la instrucción del procedimiento de concesión de la subvención de referencia será el Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida.

Tema
Comercio y consumo
Tipo
Subvenciones Subvenciones comercio