Designación de miembros del Consejo Municipal de la juventud. Secciones juveniles de asociaciones de cualquier ámbito
| Destinatarios: |
Secciones Juveniles de asociaciones de cualquier ámbito, que cumplan los siguientes requisitos:
Deben contar con órganos de representación y decisión propia y plena independencia para los asuntos juveniles. Dichas secciones deberán aparecer como tales en los Estatutos de las asociaciones respectivas, o que sea delegada expresamente por estas la representación en materia juvenil en la sección o equivalente mediante acuerdo de sus órganos de gobierno Las Secciones Juveniles de asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos. Los representantes y suplentes de las secciones juveniles deben cumplir los requisitos siguientes:
Trámites del procedimiento |
| Tramitación: |
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Tramitar
Presencial
Oficinas de atención e información ciudadana OAIC |
| Plazos y avisos: |
22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES) |
| Documentación requerida: |
En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:
En caso de presentación presencial como presentador:
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| Información: |
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida Servicio 010 de atención telefónica |
| Tasas: |
No procede |
| Normativa: | |
| Unidad tramitadora: |
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud |
| Órgano de resolución: |
Concejalía de Educación y Juventud |
| Materia: |
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| Submateria del trámite: |
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| Tipología: |
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| Nivel de administración electrónica: |
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas