Designación de miembros del Consejo municipal de la Juventud. Jóvenes del municipio
| Destinatarios: |
Jóvenes del Municipio, que realicen proyectos y servicios para jóvenes del mismo y que cumplan los siguientes requisitos:
Trámite del procedimiento Deberán presentar memoria justificativa de las actividades y servicios que realicen para los jóvenes del municipio. Alcalde o la persona que ostente su delegación en materia de juventud, podrán designar a jóvenes del municipio que, por su especial relevancia en la sociedad se entienda que puedan contribuir y mejorar al Consejo Municipal de la Juventud. El número de estas personas será como máximo de cinco. |
| Tramitación: |
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Tramitar
Presencial
Oficinas de atención e información ciudadana OAIC |
| Plazos y avisos: |
22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES) |
| Documentación requerida: |
En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:
En caso de presentación presencial como presentador:
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| Información: |
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida Servicio 010 de atención telefónica |
| Tasas: |
No procede |
| Normativa: | |
| Unidad tramitadora: |
Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud |
| Órgano de resolución: |
Concejalía de Educación y Juventud |
| Materia: |
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| Submateria del trámite: |
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| Tipología: |
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| Nivel de administración electrónica: |
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas