Bonificaciones en la tasa de la basura vivienda por familia numerosa clase especial
| Descripción: |
Tendrán derecho a la bonificación, los sujetos pasivos de la Tasa que lo soliciten y en el momento del devengo:
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| Destinatarios: |
Los contribuyentes de la Tasa por Gestión de Residuos Sólidos Urbanos |
| Tramitación: |
Registro electrónico
Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Tramitar
Presencial
Oficinas de atención e información ciudadana OAIC |
| Plazos y avisos: |
En cualquier momento desde el cumplimiento de los requisitos exigidos para solicitarla por primera vez y surtirá efectos, en el periodo impositivo siguiente a aquél en el que se solicite |
| Documentación requerida: |
Bonificación del 50% en viviendas:
En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:
En caso de presentación presencial como presentador:
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| Información: |
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| Tasas: |
No procede |
| Normativa: |
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| Observaciones: |
El periodo de disfrute de esta bonificación, comprenderá el período de vigencia del propio título de familia numerosa que expida la Administración competente, en conformidad a lo estipulado en el art. 6 de la Ley 40/2003 de 18 de diciembre de Familias Numerosas, a partir del cual se requerirá renovación. El disfrute de cualquiera de los beneficios fiscales contemplados en esta Ordenanza es incompatible con la aplicación de cualquier otra bonificación, y por lo tanto no es acumulable ni aplicable simultánea o sucesivamente, con las demás reguladas en el resto del articulado de la presente Ordenanza. |
| Unidad tramitadora: |
Servicio de Gestión Tributaria |
| Órgano de resolución: |
Coordinador General de Hacienda y Política Financiera |
| Plazo de resolución: |
Seis meses |
| Efectos del silencio: |
Desestimatorio |
| Tipo: |
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| Materia: |
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| Submateria del trámite: |
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| Tipología: |
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| Nivel de administración electrónica: |
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De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas