Devolución de ingresos debidos (por prorrateos)

Descripción:

La administración tributaria devolverá las cantidades que procedan de acuerdo con lo previsto en la normativa de cada tributo. Son devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo las correspondientes a cantidades ingresadas o soportadas debidamente como consecuencia de la aplicación del tributo

ver más
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades

Titular del recibo (cualquier otra persona debe tener autorización del titular) en caso de empresas sus apoderados o representantes

ver más
Plazos y avisos:

4 años contados a partir del día siguiente a aquel en el que se haya producido el hecho que determine el derecho a la devolución

Documentación requerida:
  • Solicitud de devolución de ingresos debidos (por prorrateos) 
  • Fotocopia del DNI/NIF del interesado

Deberá presentar la solicitud de Alta terceros en el sistema de información contable

En caso de presentación presencial como representante. Formas de acreditar representación:

  • Poder notarial
  • Designación de persona representante mediante APUD ACTA, en virtud de la cual se confiere la capacidad de representación a una persona física. Ver trámite

En caso de presentación presencial como presentador:

  •  Autorización para actuar como presentador de documentos en las oficinas de asistencia en materia de registro  formulario de autorización
Información:
  • Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
     
  • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Tasas:

No procede

Normativa:
Observaciones:

Impuestos a los que se aplica: 

  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
  • Impuesto sobre actividades económicas
  • Tasa de recogida de residuos sólidos (negocios)
  • Tasa de recogida de residuos sólidos (vivienda)
Unidad tramitadora:

Servicio de Gestión Tributaria

Órgano de resolución:

Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

Plazo de resolución:

Seis meses

Efectos del silencio:

Desestimatorio

Tipo:
  • ORGANO_SESION
Ayuda
Ayuda
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Atención en línea
Mis expedientes
Volver al listado