Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Asociaciones o Fundaciones

Descripción:

El Consejo Municipal de las Mujeres de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como cauce para animar y potenciar la participación de las mujeres en la vida ciudadana y la coordinación en políticas de igualdad de los colectivos que lo integran.
Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal de las Mujeres, deben realizar los siguientes trámites y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.
Le corresponde una vocalía a las asociaciones o fundaciones que tengan reconocido en sus fines y objetivos de sus estatutos el compromiso con la igualdad de oportunidades o en su defecto acuerdo del Consejo Rector en los mismos términos

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Destinatarios:

Asociaciones o Fundaciones que tengan formalmente reconocido su compromiso por la igualdad

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Tramitación:
Telemático
Registro electrónico

Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve

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Plazos y avisos:

En el proceso de constitución de 15 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
En lo sucesivo, en el momento en el que se necesite renovar la vocalía

Documentación requerida:
  • Solicitud
  • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de las Mujeres
Información:

Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
C/ Afilarmónica Nifu – Nifa, 32, primera planta
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es

 

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Tasas:

No procede

Requisitos:

Es condición indispensable para participar en el Consejo Municipal de las Mujeres,  encontrarse inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santa Cruz.

Normativa:
Observaciones:

La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal de las Mujeres, tal y como se recoge en el art. 16 relativo a procedimiento de nombramiento de los Estatutos del Consejo.

Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las asociaciones o fundaciones que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las Asociaciones/Fundaciones, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal de las Mujeres; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes (titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.

Unidad tramitadora:

Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud

Órgano de resolución:

Presidencia del Consejo Municipal de las Mujeres

Materia:
  • Igualdad y diversidad afectivo sexual
Submateria del trámite:
  • Consejo Municipal de las Mujeres
Tipología:
  • Procedimiento
Nivel de administración electrónica:
  • Nivel 4: Tramitación electrónica
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Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
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