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Certificados de viaje

Denominación
Certificados de viaje
Descripción

Obtención de certificados de viaje para acogerse a la bonificación en las tarifas de los servicios regulares del transporte aéreo y marítimo

Destinatarios

Ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados firmantes del Acuerdo sobre el espacio Económico Europeo y Suiza, así como los residentes en dichas regiones con nacionalidad de terceros países, familiares de ciudadanos comunitarios, beneficiarios del derecho de residencia de larga duración o del derecho de residencia permanente que figuren inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes del Municipio de Santa Cruz de Tenerife y necesiten acreditar su residencia en el municipio a través de una certificación para obtener las bonificaciones establecidas por el Ministerio de Fomento

Medios de Presentación

Whatsapp

  • A través del canal whatsapp en el +34 695 88 68 91

Telemática

  • Área personal  (Necesario certificado electrónico o Cl@ve Permanente)
  • Solicite a través del formulario de atención ciudadana en línea   consultar

Presencial 

Plazo de Presentación

Todo el año

Documentación

Importante: Los documentos se deben presentar en original y fotocopia

  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor
  • Documento de representación, si lo solicitase persona diferente al interesado (adjuntando fotocopia del DNI del autorizante y del autorizado)
Tasas

Exento

Información

Servicio 010 de atención telefónica

922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Plazo de Resolución

Inmediato

Normativa
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº30 de 3 abril), modificada por la Ley 14/2003, de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social
  • Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Baleares y en las Ciudades de Ceuta y Melilla (BOE nº 300 de 15 de diciembre)
  • Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 51 de 28 de febrero de 2007
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Resolución de 16 de mayo de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 9 de mayo de 2019, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Autonómica y Local, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la de 30 de enero de 2015, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 4. Tramitación electrónica
Observaciones

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite

Unidad Tramitadora

Negociado de Población y Demarcación Territorial

Tema
Más frecuentes Padrón de habitantes
Tipo
Procedimiento