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Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2025): Solicitud
Denominación
Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2025): Solicitud
Descripción
Subvención a entidades ciudadanas para colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento
Destinatarios
Entidades ciudadanas
Requisitos
- Ostentar personalidad jurídica propia.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica, Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y al corriente en las obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social.
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con esta Administración. A tal efecto, se considerará que los solicitantes se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en periodo ejecutivo, salvo que éstas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
- No encontrarse incursa en el resto de circunstancias o prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 10.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones de Santa Cruz de Tenerife, contando a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente, con una antigüedad mínima de dos años desde su inscripción.
- Haber presentado todos los datos actualizados para la renovación anual de su inscripción en el Registro Municipal de Entidades y asociaciones, en el primer trimestre del año tal como exige el artículo 59.1 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana.
Medios de Presentación
Telemático
- Necesario identificarse mediante: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Plazo de Presentación
- Presentación de solicitudes:
Plazo de presentación desde el 8 de abril a 9 de mayo de 2025, ambos incluidos - Publicación 03/06/2025. Anuncio de requerimiento de subsanación de solicitudes de subvención [Anuncio.pdf]
Plazo presentación subsanaciones desde el 4 al 17 de junio de 2025 Registrar subsanación
Documentación
- Voluntaria: Certificación actualizada acreditativa del número de socios/patronos
Tasas
No procede
Información
Servicio de Organización y Gobierno Abierto
Tfno 922 606 620
Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Órgano de Resolución
Junta de Gobierno de la Ciudad
Plazo de Resolución
Seis meses
Efectos del Silencio
Desestimatorio
Normativa
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General deSubvenciones del Excmo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
- Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
- Convocatoria (BOP nº 42/2025 de 7 de abril, BDNS 823945)
- Bases (BOP nº 39/2025 de 31 de marzo)
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 4. Tramitación electrónica
Unidad Tramitadora
Servicio de Organización y Gobierno Abierto
Tema
Entidades ciudadanas
Tipo
Subvenciones entidades ciudadanas
Procedimiento