Designación de miembros del Consejo Municipal de la juventud. Asociaciones de jóvenes

Denominación
Designación de miembros del Consejo Municipal de la juventud. Asociaciones de jóvenes
Destinatarios

Asociaciones de jóvenes, constituidas legalmente, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que estén compuestas mayoritariamente  por jóvenes, en una edad comprendida entre los  catorce y  treinta  años (14-30), ambos inclusive
  • Que carezcan de ánimo de lucro
  • Que actúen en el territorio del municipio de Santa Cruz de Tenerife
  • Que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento

Las Asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos. 

Los representantes y suplentes de las asociaciones de jóvenes deben cumplir los requisitos siguientes:

  • Residir en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
  • No estar inhabilitado o incapacitado legalmente
  • Tener una edad comprendida entre los 14 y los 30 años, ambas incluidas
  • Haber sido designado representante por la entidad correspondiente y aceptar la designación como representante, en su caso
  • Acreditarse, exhibiendo el documento acreditativo de su identidad
  • Formalizar la toma de posesión

Trámites del procedimiento
Verificado el cumplimiento de los requisitos, se le comunicará que puede designar su representante. El plazo para ello  se hará público en la web municipal, sin que  pueda ser inferior a 15 días, contados a partir del día siguiente a la referida comunicación.
Pasado dicho plazo, la Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
La designación de los representantes se realizará por la entidad correspondiente de acuerdo con el sistema democrático y representativo que tengan establecido, atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, cuando sea posible. Por cada uno de los representantes, se designará un suplente para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
Las asociaciones de jóvenes podrán ser miembros del Consejo, a través de su representante correspondiente, sin limitación de número, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)

Documentación
  • Solicitud
  • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de la Juventud
Tasas

No procede

Información

Servicio de Promoción Económica  y Calidad de Vida
C/ Antonio  Dominguez Alfonso, 27
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es

Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Concejalía de Educación y Juventud

Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Unidad Tramitadora

Servicio de Igualdad, Diversidad Afectivo Sexual, Educación y Juventud

Tema
CMJ (Consejo municipal de la Juventud) Participación
Tipo
Procedimiento